Decreto número 0150 de 2012, por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional.
Emisor | Departamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública |
Número de Boletín | 48323 |
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D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.323
Miércoles, 25 de enero de 2012
corresponde al hoy Ministerio de Salud y Protección Social, ejercer las funciones propias
del Consejo de Administración del Fosyga.
mediante Memorando número 9636 del 23 de enero de 2012, emitió concepto técnico
Cartago de Ecopetrol S. A., ubicado en el municipio de Dosquebradas, departamento de
Risaralda, concepto cuyos apartes se transcriben, así:
“(…) en la madrugada del pasado 23 de diciembre, el Ministerio de Salud y Protección
-
blecidos por el numeral 7 del artículo 1° del Decreto número 3099 de 2007 para declarar la
explosión del Poliducto Puerto Salgar-Cartago, ubicado en el municipio de Dosquebradas,
adaptación de la comunidad en la que se produjo, afectándola en forma masiva e indiscriminada.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Declaratoria. Declárese la explosión del Poliducto Puerto Salgar-Cartago,
ubicado en el municipio de Dosquebradas –departamento de Risaralda–, como evento ca-
Artículo 2°. . La población afectada por la explosión del Poliducto Puerto
Salgar-Cartago, ubicado en el municipio de Dosquebradas –departamento de Risaralda–,
de ocurrencia del mismo con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía –
Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2012.
El Ministro de Salud y Protección Social,
Mauricio Santa María Salamanca.
(C. F.).
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 0150 DE 2012
(enero 25)
por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales
señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. El servidor que actualmente desempeña el cargo de Director de la Agencia
Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia percibirá la remuneración mensual
y las prestaciones sociales que por todo concepto correspondan al cargo de Alto Consejero
Presidencial, mientras permanezca en el ejercicio de este empleo.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de enero de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
SUPERINTENDENCIAS
Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 000057 DE 2012
(enero 16)
la Unidad Básica
de Atención Nuestra Señora del Carmen 1 Nivel ESE Puerto Carreño-Vichada con el
El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales y re-
42, los incisos 1°, 3°, 5° y 6° del artículo 68 de la Ley 715 de 2001, los artículos 35, 36,
los numerales 1, 3, 4, 5, 6 del artículo 37, los literales a), b), c), d) y f) del artículo 39 de
numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del artículo 3°, los numerales 1, 7 y 8 del artículo 4°, el artículo
5° los numerales 1, 3, 4, 5, 10, 12, 13, 14, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 34, 36, 38, 40
y 42 del artículo 6°, numerales 7, 8, 22, 23, 25, y 42 del artículo 8° del Decreto número
1018 de 2007, y los artículos 9.1.1.1.1 al 9.1.2.1.3 del Decreto número 2555 de 2010, y
CONSIDERANDO:
1. Antecedentes administrativos de la toma de posesión de los bienes, haberes y
negocios y de la intervención forzosa administrativa para administrar la Unidad Básica
de Atención Nuestra Señora del Carmen 1 Nivel ESE de Puerto Carreño- Vichada
1.1 La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución número 002856
del 24 de octubre de 2011, visible a folios 1 al 65, dispuso lo siguiente:
“Artículo 1°. Ordenar
Unidad Básica de
Atención Nuestra Señora del Carmen 1 Nivel ESE de Puerto Carreño-Vichada, con NIT
Parágrafo.
determine, dentro de un término no mayor de dos (2) meses prorrogables por el mismo
término, contados a partir de la toma de posesión, si la Unidad Básica de Atención Nuestra
Señora del Carmen 1 Nivel ESE de Puerto Carreño-Vichada
(…)
Artículo 3°. Designar Unidad Básica de Atención
Nuestra Señora del Carmen 1 Nivel ESE de Puerto Carreño-Vichada, al doctor Humberto
1.2 La Superintendencia Nacional de Salud, tomó posesión de la Unidad Básica de
Atención Nuestra Señora del Carmen 1 Nivel ESE de Puerto Carreño-Vichada, los
días 15 y 16 de noviembre de 2011, tal como consta en acta levantada para el efecto, visible
a Folios 71 al 185.
2. Solicitud de prórroga del término de la toma de posesión de los bienes, haberes y
negocios y de la intervención forzosa administrativa para administrar la Unidad Básica
de Atención Nuestra Señora del Carmen 1 Nivel ESE de Puerto Carreño-Vichada
El doctor Humberto Moreno Giraldo, Agente Especial Interventor de la Unidad
Básica de Atención Nuestra Señora del Carmen 1 Nivel ESE de Puerto Carreño-
Vichada, mediante escrito radicado con NURC 1-2012-000716, de fecha 6 de enero de
2012, visible a folios 243 al 253, solicitó la prórroga del término de la toma de posesión
de los bienes, haberes y negocios y de la intervención forzosa para administrar la ESE de
autos, argumentando para el efecto lo siguiente:
(…)
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