Resolución número 00621 de 2013, por la cual se modifica la Resolución 01449 de 2012, que regula el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del Sena-FIC - 3 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 434780754

Resolución número 00621 de 2013, por la cual se modifica la Resolución 01449 de 2012, que regula el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del Sena-FIC

EmisorEstablecimientos Públicos - Servicio Nacional de Aprendizaje
Número de Boletín48779

La Directora General del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los numerales 4 y 25 del artículo 4º del Decreto 249 de 2004, en el artículo 3º del Decreto 1047 de 1983 y en el artículo 3º del Acuerdo 08 de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto 2375 de 1974, "por el cual se dictan medidas destinadas a combatir el desempleo", dispone en su artículo 6º lo siguiente: "Exonérese a la industria de la construcción de la obligación que, conforme a las disposiciones vigentes, tiene de contratar aprendices. //En su lugar, créase el Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción, a cargo de los empleadores de ese ramo de la actividad económica, quienes deberán contribuir mensualmente al mismo con una suma igual a una vez el salario mínimo por cada cuarenta (40) trabajadores que laboren bajo sus órdenes. // El Fondo será administrado por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), con la asesoría de la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), y con cargo a él se atenderá el pago de la proporción salarial que corresponda a los aprendices que reciben formación profesional en los diversos oficios de la industria de la construcción'.

Que el Decreto 1047 de 1983, "por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2375 de 1974 en lo relacionado con el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC), establece en su artículo 2º que "El Fondo será administrado por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), con la asesoría de la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), y se destinará a atender los programas y modos de Formación Profesional desarrollados por el Sena, que guarden relación con los diferentes oficios de la Industria de la Construcción'.

Que por disposición del artículo 3º del mismo Decreto 1047 de 1983 "El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), como administrador del Fondo, queda...

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