Resolución número 74622 de 2013, por la cual se asignan funciones jurisdiccionales
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio |
Número de Boletín | 48996 |
El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 35 del artículo 3º del Decreto número 4886 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Decreto número 4886 de 2011, por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Industria y Comercio, se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones, se modificaron las funciones de los Despachos de los Superintendentes Delegados para Asuntos Jurisdiccionales y para la Protección de Datos Personales.
Segundo. Que el artículo 21 del Decreto número 4886 de 2011 asignó al Despacho del Superintendente Delegado paraAsuntos Jurisdiccionales, entre otras, las siguientes funciones:
"3. Decidir la admisión de las reclamaciones que se presenten y adelantar, de acuerdo con el procedimiento legalmente aplicable, en única o primera instancia según corresponda de acuerdo con la cuantía, el trámite de los procesos que deban iniciarse en ejercicio de las funciones jurisdiccionales de protección al consumidor.
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Adoptar, en ejercicio de las funciones jurisdiccionales de protección al consumidor, en primera o única instancia, cualquiera de las siguientes decisiones:
4.1. Ordenar la efectividad de las garantías de bienes y servicios establecidas en las normas de protección al consumidor o las contractuales si ellas resultan más amplias.
4.2. Imponer las multas sucesivas que procedan de acuerdo con la ley, por incumplimiento de las órdenes de efectividad de garantías emitidas.
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Decidir sobre la admisión, de las demandas que en competencia desleal se presenten, y adelantar el trámite, de acuerdo con el procedimiento legalmente aplicable, de los procesos en materia de competencia desleal.
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Proferir las providencias que resuelven solicitudes de medidas cautelares en los procesos de competencia desleal.
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Proferir las providencias que resuelven solicitudes de diligencias preliminares de comprobación en los procesos de competencia desleal.
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Proferir la sentencia en los procesos de competencia desleal.
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Resolver los recursos de reposición y solicitudes de nulidad que se propongan contra las decisiones que haya adoptado.
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Coordinar, dirigir y asignar a los funcionarios que adelantarán la práctica de pruebas, las audiencias y diligencias a lo largo de las actuaciones y procesos.
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Expedir las certificaciones y constancias relacionadas con los temas de su competencia.
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Informar periódicamente al Superintendente sobre el estado de los asuntos de su dependencia y el grado de ejecución de sus programas.
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Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia".
Tercero. Que el artículo 24 del Código General del Proceso, Ley 1564 de 2012, atribuyó a la Superintendencia de Industria y Comercio facultades jurisdiccionales para conocer los procesos que versen...
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