Resolución número 0184 de 2013, por medio de la cual se anuncia, por motivos de utilidad pública e interés social el Ma-croproyecto de Interés Social Nacional 'Suratoque' en el municipio de Floridablanca, departamento del Santander - 15 de Abril de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 432016494

Resolución número 0184 de 2013, por medio de la cual se anuncia, por motivos de utilidad pública e interés social el Ma-croproyecto de Interés Social Nacional 'Suratoque' en el municipio de Floridablanca, departamento del Santander

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín48762

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el numeral 7 del artículo del Decreto número 3571 de 2011, el artículo 8º del Decreto número 4260 de 2007, modificado por el artículo 3º del Decreto número 3671 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2006 - 2010 incorporó dentro de los Programas Integrales de Ciudades Amables la figura de Macroproyectos de Interés Social Nacional (MISN), definiéndolos como: "(...) el conjunto de decisiones administrativas y actuaciones urbanísticas adoptadas por el Gobierno Nacional, en los que se vinculan instrumentos de planeación, financiación y gestión del suelo para ejecutar una operación de gran escala que contribuya al desarrollo territorial, de determinados municipios, distritos o regiones del país";

Que los MISN garantizan la actuación integral del Estado conjuntamente con la participación del sector privado, para la generación de suelo para Vivienda de Interés Social (VIS) y la construcción e incorporación de equipamientos e infraestructura de escala regional o nacional en el ordenamiento territorial;

Que el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, dispuso que: "El Gobierno Nacional en desarrollo de la presente ley podrá definir, formular, adoptar, ejecutar y financiar los macroproyectos de interés social nacional, y señalar las condiciones para su participación y desarrollo, con el fin de promover la disponibilidad del suelo para la ejecución de programas, proyectos u obras de utilidad pública o interés social";

Que en consideración a lo dispuesto en el Decreto número 4260 del 2007 reglamentario de los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007, se establecen en los artículos 5º, 6º y 7º, los criterios y requisitos para la identificación y determinación de los Macroproyectos de Interés Social Nacional;

Que el Decreto número 4260 de 2007 modificado parcialmente por el Decreto número 3671 de 2009, contempla en su artículo 8º, tanto los requisitos como el contenido del acto administrativo de anuncio que será expedido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

Que la honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-149 del 5 de marzo de 2010, declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por medio del cual se crea la figura de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, estableciendo que:

"(...) En el presente caso, la sentencia tiene efectos hacia el futuro, es decir, a partir del día cinco (5) de marzo de 2010, con lo cual no se produce traumatismo alguno. Las consecuencias de la inexequibilidad se aplicarán para nuevos megaproyectos (sic) y no para aquellos que se encuentren en curso. Se entenderá como megaproyectos (sic) en curso aquellos que se encontraban en alguna de las etapas de identificación y determinación; formulación; adopción o ejecución; según lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto número 4260 de 2007, por el cual se reglamentan los artículos 79y 82 de la Ley 1151 de 2007";

Que la iniciativa de identificación y determinación del Macroproyecto de Interés Social Nacional "Suratoque", fue radicada por la Sociedad Valor S. A., el 22 de julio de 2008, en alianza con el municipio de Floridablanca, ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, acompañada del documento técnico de soporte de anuncio, siendo actualmente el promotor la Sociedad Grupo Andino Marín Valencia Construcciones S. A. Grama, Fideicomitente del Patrimonio Autónomo Suratoque cuya vocera y administradora es la Fiduciaria Bancolombia S. A.;

Que Aktani S. A. mediante comunicado del 10 de mayo de 2011, emitió poder amplio y suficiente a Proyectos Estructurales Limitada y Grupo Andino Marín Valencia S. A. para que realicen todas las gestiones necesarias para el desarrollo del Macroproyecto;

Que el Concejo Municipal de Floridablanca mediante Acuerdo número 15 de 2008, adoptó el Plan de Desarrollo del municipio de Floridablanca denominado Modernidad con Desarrollo Social 2008 - 2011, y el cual estableció dentro de sus objetivos "Apoyar y fortalecer programas para construcción de vivienda de interés social, haciendo énfasis, especialmente, en la población vulnerable, logrando disminuir el déficit actual y mejorar las condiciones de las viviendas de la población y ofrecer mínimas condiciones (gestión con constructoras para ofrecer modalidades de vivienda al alcance de la población vulnerable) (Creación de banco de materiales).";

Que el municipio de Floridablanca busca a través del Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado "Suratoque", cumplir con las metas propuestas en su Plan de Desarrollo y reubicar a las familias invasoras, desplazadas y sin techo que ocupan el predio sobre el cual se desarrollará el Macroproyecto, en cumplimiento al Fallo de

Tutela 2008-00273;

Que el Patrimonio Autónomo Suratoque cuya vocera y administradora es la Fiduciaria Bancolombia S. A. actual propietario del terreno, indicó en comunicación del 3 de abril de 2013, que la Sociedad Grupo Andino Marín Valencia Construcciones S. A. Grama y Proyectos Estructurales Ltda. como fideicomitentes, son los promotores del Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado Suratoque;

Que el municipio de Floridablanca hace parte del Área Metropolitana de Bucaramanga junto con los municipios de Bucaramanga, Piedecuesta y Girón, siendo Floridablanca el segundo polo de importancia por su dinámica poblacional y económica;

Que de acuerdo con las cifras del Censo DANE 2005, el municipio de Floridablanca tiene un déficit cuantitativo de 8.478 unidades de vivienda. Su variación con respecto al censo del año 1993, nos indica que la reducción en términos del déficit cuantitativo fue de solo -4,9%.

Evolución del Déficit en el Municipio de Floridablanca-Periodo Intercensal

Año Unidades Variación %
1993 8-912
2005 8.478 "4'9/º

Fuente: Censo General 1993 y 2005.

Que la mayor parte del déficit cuantitativo, se centra en los estratos 1, 2, y 3, lo que lleva a estos hogares a habitar viviendas en condiciones no adecuadas. Los municipios del área metropolitana de Bucaramanga, suman un déficit de 41.421 viviendas, es así como la intervención del MISN "Suratoque", contribuye con una reducción del 14.4% del déficit del área metropolitana y un 70,58% del déficit de vivienda del municipio de Floridablanca;

Que la posición geoestratégica, así como el potencial de desarrollo del municipio, dispone los elementos básicos para garantizar la infraestructura vial necesaria y la demanda efectiva para responder a una solución urbanística de gran escala en vivienda, el empleo, la educación y el bienestar social de la población;

Que para garantizar equilibrio metropolitano y oportunidades económicas y de empleo en todo el territorio departamental, es deseable y necesario promover y reforzar los diferentes polos urbanos de desarrollo mediante la oferta de vivienda, equipamientos y nuevas actividades económicas en municipios alternativos a la capital departamental;

Que entre el año 2006 al año 2013, la población del municipio de Floridablanca, según el Departamento Nacional de Estadística (DANE) se incrementó a 263.908 habitantes, lo que corresponde a un aumento de 9.308 habitantes en dicho período. Estos nuevos habitantes requieren de 2.449 soluciones de vivienda, aumentando el déficit registrado para el Censo 2005.

Municipio POBLACIÓN TOTAL
2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013
Floridablanca 254.600 256.159 257.543 258.821 259.994 261.096 262.105 263.041 263.908

Fuente: DANE. Colombia. Proyecciones de población municipales por área 2005-2020.

Que mediante Oficio número 3100-2-059165 del 18 de julio de 2011, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hace requerimientos técnicos, ambientales, financieros y jurídicos al promotor con el fin de que en un término de 30 días hábiles proceda a ajustar el Documento Técnico de soporte, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución número 0240 de febrero de 2011;

Que mediante Oficio 4120-E1-105326 del 23 de agosto de 2011, el promotor solicita al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la resolución 204 de 2011, prórroga de quince (15) días hábiles para la entrega del Documento Técnico de Soporte;

Que mediante Oficio 4120-E1-121818 del 26 de septiembre de 2011, el promotor radica ante Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Documento Técnico de Soporte y sus anexos, dando respuesta a los requerimientos;

Que el área de planificación sobre la cual se proyecta el desarrollo del Macroproyecto, cuenta con un avalúo corporativo comercial elaborado por la Lonja de Propiedad Raíz de Santander del 2 de septiembre de 2011, valor que será el establecido para efectos del anuncio del proyecto;

Que el área de planificación del Macroproyecto cuenta con las prefactibilidades de servicios públicos...

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