Resolución número 173 de 2013, por la cual se deroga la Resolución número 79462 del 21 de diciembre de 2012, se fijan las tasas de propiedad industrial para el año 2013 y se modifica la Circular Única del 19 de julio de 2001
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio |
Número de Boletín | 48670 |
El Secretario General, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que se le confieren en el artículo 277 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones y el numeral 20 del artículo 22 del Decreto número 4886 de 2011,
CONSIDERANDO:
Primero. Que en la Resolución número 79462 del 21 de diciembre de 2012, por medio de la cual se fijaron las tasas de propiedad industrial y se modificó la Circular Única del 19 de julio de 2001, se presentaron errores mecanográficos en la numeración de los rubros relacionados con los valores de las tasas oficiales vigentes para el año 2013.
Segundo. Que el artículo 5º de la Resolución número 79462 del 21 de diciembre de 2012, estableció que las tasas correspondientes a solicitudes de registro de marcas de productos o servicios y lemas comerciales presentadas por micro y pequeñas empresas tendrían una reducción del 15%. Por lo tanto, dicho artículo reafirma el descuento del mismo valor ya aplicado en los numerales 1.2.2.1.5, 1.2.2.1.6 y 1.1.2.1.10
Tercero. Que para evitar confusiones en las tasas de propiedad industrial y los descuentos establecidos se hace necesario derogar la resolución.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
1.1. Tasas de Propiedad Industrial
1.1.1 Tasas de Nuevas Creaciones
1.1.1.1 Solicitudes Nacionales
Tasa en pesos Colombianos
1.1.1.1.1 | Solicitud de patente de invención (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones) | 500.000,00 |
1.1.1.1.2 | Solicitud de patente de modelo de utilidad (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones) | 270.000,00 |
1.1.1.1.3 | Reivindicación adicional para Patente de Invención (a partir de la undécima reivindicación) | 30.000,00 |
1.1.1.1.4 | Reivindicación adicional para Modelo de Utilidad (a partir de la undécima reivindicación | 15.000,00 |
1.1.1.1.5 | Solicitud de registro de esquema de trazado de circuitos integrados | 500.000,00 |
1.1.1.1.6 | Solicitud de registro de diseño industrial | 500.000,00 |
1.1.1.1.7 | Solicitud de licencia obligatoria | 1.280.000,00 |
1.1.1.1.8 | Invocación de una prioridad | 175.000,00 |
1.1.1.1.9 | Examen de patentabilidad de patente de invención | 530.000,00 |
1.1.1.1.10 | Examen de patentabilidad de modelo de utilidad | 330.000,00 |
1.1.1.2 | Solicitudes Internacionales -PCT- (Tratado de Cooperación en Materia de Patentes) | |
1.1.1.2.1 | Fase Internacional | |
1.1.1.2.1.1 | Transmisión de solicitud internacional radicada en la Superintendencia de Industria y Comercio | 865.000,00 |
1.1.1.2.2 | Fase Nacional | |
1.1.1.2.2.1 | Solicitud de patente de invención (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones) | 500.000,00 |
1.1.1.2.2.2 | Solicitud de patente de modelo de utilidad (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones) | 270.000,00 |
1.1.1.2.2.3 | Reivindicación adicional (a partir de la undécima reivindicación incluida en la solicitud inicial o durante el trámite) | 30.000,00 |
1.1.1.2.2.4 | Reivindicación adicional para Modelo de Utilidad (a partir de la undécima reivindicación) | 15.000.00 |
1.1.1.2.2.5 | Examen de patentabilidad de patente de invención (Capítulos I y II PCT) | 505.000,00 |
1.1.1.2.2.6 | Examen de patentabilidad de modelo de utilidad (Capítulos I y II PCT) | 310.000,00 |
1.1.1.2.2.7 | Petición de restablecimiento de los derechos en caso de incumplimiento de los actos mencionados en el artículo 22 del PCT | 500.000,00 |
1.1.1.3 Tasas Comunes a Solicitudes Nacionales e Internacionales en Fase Nacional | ||
1.1.1.3.1 Actuaciones en Trámite | ||
1.1.1.3.1.1 | Divisional de una solicitud de patente de Invención (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones) | 450.000.00 |
1.1.1.3.1.2 | Divisional de una solicitud de patente de Modelo de Utilidad (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones) | 220.000.00 |
1.1.1.3.1.3 | Solicitud de prórroga de términos o plazo adicional previstos en los artículos 39, 42, 43 y 45 de la Decisión 486 de la CAN | 103.000,00 |
1.1.1.3.1.4 | Solicitud de modificación relacionada con cambio del solicitante por cesión de la solicitud | 125.000.00 |
1.1.1.3.1.5 | Solicitud de modificación y/o corrección a solicitud en trámite relacionada con el capítulo descriptivo o reivindicatorio | 125.000,00 |
1.1.1.3.6 | Modificación y/o corrección a solicitud en trámite relacionada con el nombre, domicilio o dirección del solicitante | 50.000,00 |
1.1.1.3.1.7 | Presentación de oposición | 325.000,00 |
1.1.1.3.1.8 | Prestación de caución | 260.000,00 |
1.1.1.3.1.9 | Fusión de solicitud | 124.000,00 |
1.1.1.3.1.10 | Solicitud de inscripción de licencias | 546.000,00 |
1.1.1.3.2 Actuaciones Posteriores a la Concesión | ||
1.1.1.3.2.1 | Inscripción de afectaciones (cambio de domicilio, cambio de dirección o cambio de nombre del titular) por registro a afectar | 20.000,00 |
1.1.1.3.2.2 | Modificación o limitación al alcance de las reivindicaciones.. | 505.000,00 |
1.1.1.3.2.3 | Inscripción de cambios de titularidad de la Nueva Creación (transferencia) | 270.000.00 |
1.1.1.3.2.4 | Inscripción de licencias | 546.000,00 |
1.1.1.3.2.5 | Inscripción de otras afectaciones (usufructo, prenda) | 20.000,00 |
1.1.1.3.2.6 | Desanotación de licencias | 300.000,00 |
1.1.1.3.2.7 | Desanotación de otras afectaciones | 20.000,00 |
1.1.1.3.2.8 | Fusión de patentes | 310.000,00 |
1.1.1.3.2.9 | Inscripción de renuncia a derechos | 310.000,00 |
1.1.1.3.2.10 | Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del primero al cuarto año | 206.000.00 |
1.1.1.3.2.11 | Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del quinto al octavo año | 320.000,00 |
1.1.1.3.2.12 | Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del noveno al duodécimo año | 480.000,00 |
1.1.1.3.2.13 | Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del decimotercero al decimosexto año | 745 |
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