Decreto número 2622 de 2013, por el cual se modifica la estructura del ministerio de comercio, industria y turismo y se dictan otras disposiciones - 20 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 477392642

Decreto número 2622 de 2013, por el cual se modifica la estructura del ministerio de comercio, industria y turismo y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín48980

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución

Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el artículo 23 del Decreto número 210 de 2003, el cual quedará así:

"Artículo 23. Oficinas en el Exterior. Las oficinas en el exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, cumplirán las siguientes funciones:

Oficina en Montevideo

  1. Hacer seguimiento e informar a las entidades competentes, sobre las políticas y regulaciones adoptadas o que estén en curso de adoptar la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) y la Secretaría General del Mercado Común del Sur (Mercosur), relacionados con los intereses comerciales de Colombia.

  2. Elaborar y remitir a las entidades competentes informes sobre las reuniones y compromisos que se asuman en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi), así como sobre las políticas que se adopten en materia de comercio exterior y preparar adecuadamente las gestiones que deban realizarse frente a ellas.

  3. Asesorar al jefe de la misión diplomática colombiana en las negociaciones y demás actividades relacionadas con el comercio internacional.

  4. Coordinar la posición negociadora de Colombia ante la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi).

  5. Promover los estudios que sean necesarios para incentivar la inversión en Colombia y la importación de bienes, servicios y tecnología colombiana.

  6. Adelantar los estudios y el análisis sobre el comercio internacional, determinando los efectos económicos y comerciales de las decisiones que adopten las autoridades gubernamentales, judiciales o legislativas en el ámbito de su competencia, para la defensa de los intereses comerciales del país.

  7. Gestionar ante las autoridades locales correspondientes las acciones para procurar el acceso real de los productos colombianos, en las condiciones pactadas en los acuerdos internacionales sobre comercio y/o inversión, con los países miembros del Mercado Común del Sur (Mercosur).

  8. Hacer seguimiento a la implementación, ejecución y cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco de los acuerdos comerciales internacionales relacionados con la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi).

  9. Apoyar la planeación, diseño e implementación de proyectos de cooperación económica.

  10. Prestar asesoría a los exportadores colombianos sobre los reglamentos, leyes, decisiones judiciales y administrativas que afectan la actividad exportadora, en los países del Mercado Común del Sur (Mercosur).

  11. Apoyar las gestiones de política económica y comercial que se adelanten con las autoridades de comercio y los organismos internacionales de comercio.

  12. Participar en las negociaciones, en temas específicos de índole comercial o de inversión, que se adelanten en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) y que inciden en las relaciones comerciales de Colombia.

  13. Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas.

    Oficina en Ginebra

  14. Hacer seguimiento e informar a las entidades competentes, sobre las políticas y regulaciones adoptadas o que estén en curso de adoptar la Organización Mundial del Comercio (OMC) y otros organismos internacionales de comercio...

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