Resolución número 0658 de 2013, por la cual se reglamenta el uso de vehículos a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - 8 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 475305710

Resolución número 0658 de 2013, por la cual se reglamenta el uso de vehículos a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín48968

El Secretario General del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el artículo 25 del Decreto número 3571 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 1737 del 21 de agosto de 1998, el Gobierno Nacional expidió medidas de austeridad y eficiencia del Gasto Público y sometió a condiciones especiales, la asunción de compromisos por parte de las entidades públicas que manejan recursos del Tesoro Público;

Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto número 1737 de 21 de agosto de 1998, sus actos administrativos modificatorios, el artículo 92 de la Ley 617 de 2000, se requieren fijar nuevos parámetros que reduzcan los costos en la cuenta de Servicios Personales y Gastos Generales;

Que mediante el Decreto número 3571 de 2011, se le otorgaron precisas facultades a la Secretaría General, relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de elementos, equipos y demás bienes necesarios para el normal funcionamiento del Ministerio, así como de orientar la administración, custodia, mantenimiento y mejoramiento de los bienes del Ministerio;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 14

Disposiciones generales

Artículo 1º El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso y control de los vehículos propiedad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y por los que legalmente es responsable.

La observancia del contenido de este Reglamento es obligatoria para todas las personas que tengan bajo su custodia, cuidado, control y uso los vehículos del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Parágrafo. La administración, control y autorizaciones para el uso de los vehículos oficiales que conforman el parque automotor del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, estará en cabeza del Coordinador del Grupo de Recursos Físicos de la entidad.

Artículo 2º Los vehículos que conforman el parque automotor del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, serán asignados única y exclusivamente a los funcionarios que ocupan los cargos que contempla el Decreto número 2445 del 23 de noviembre de 2000, relacionado con las medidas de austeridad y eficiencia del gasto público y demás normas que lo modifiquen

Los vehículos solo se deberán utilizar para el ejercicio de actividades de carácter oficial, inherentes e inescindibles del ejercicio de sus competencias como empleados públicos.

Artículo 3º Los vehículos que conforman el parque automotor deberán ser conducidos, principalmente por quienes ejercen el cargo de conductor-mecánico en la planta de personal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y por las personas contratadas por el Ministerio como conductores

Excepcionalmente podrán ser conducidos por otros funcionarios cuando las circunstancias así lo exijan y previa comunicación al Coordinador del Grupo de Recursos Físicos.

Artículo 4º La Coordinación del Grupo de Recursos Físicos será responsable del mantenimiento, dotación, pago de impuestos, seguros, entre otros aspectos relacionados con dicha administración y de mantener al día el cumplimiento de las revisiones técnico- mecánicas, atendiendo las directrices definidas por el Gobierno Nacional.
Artículo 5º Todos los vehículos quedarán a disposición de la Coordinación del Grupo de Recursos Físicos, durante las horas no programadas por el titular del despacho al cual presta servicio el vehículo; igualmente, cuando este se encuentre disfrutando de vacaciones, licencias o comisiones, con el fin de apoyar las diferentes necesidades del servicio de la entidad

El control y ejecución estará a cargo del Coordinador de dicho Grupo, quien asignará los vehículos según...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR