Resolución número 000108 de 2013, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución número 003907 del 17 de mayo de 2013 - 14 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 441253990

Resolución número 000108 de 2013, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución número 003907 del 17 de mayo de 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín48821

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confieren los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

CUESTIÓN A DECIDIR

Procede el Despacho a decidir conforme a derecho el recurso de reposición interpuesto por el señor Pedro Pablo Contreras Camargo contra la Resolución número 003907 del 17 de mayo de 2013.

ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

A través de la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004, se expidieron normas sobre el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, y en el artículo 4º definió los sistemas específicos de carrera administrativa.

De conformidad con el numeral 2 del artículo de la Ley 909 de 2004, la carrera administrativa de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales es de carácter específico.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política, corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil la administración de los sistemas de carrera administrativa, excepción hecha de los que tengan carácter especial.

Mediante Sentencia C-1230 del 29 de noviembre de 2005, la Corte Constitucional declaró exequible el numeral 3 del artículo de la Ley 909 de 2004, "en el entendido de que la administración de estos sistemas específicos de carrera administrativa, corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil".

Con fundamento en la marco jurídico señalado la Comisión Nacional del Servicio Civil a través de la Convocatoria 128 de 2009 convocó a proceso de selección para la provisión definitiva de empleos de carrera de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

Mediante Resolución 3268 del 27 de septiembre de 2012, modificada por la Resolución 0056 del 21 de enero de 2013, se conformó la lista de elegibles para proveer seis (6) vacantes del empleo denominado "Experto Integral en Gestión Jurídica, Tributaria, Aduanera y Cambiaria", Inspector III Código 307 Grado 07, Código OPEC 201151.

Que mediante Resolución No. 56 del 21 de enero de 2013 se resolvió favorablemente la solicitud de exclusión de un elegible presentada por el Director General de la DIAN y se recompuso la lista de elegibles.

Que la precitada lista de elegibles para proveer seis (6) vacantes del empleo "Experto Integral en Gestión Jurídica, Tributaria, Aduanera y Cambiaria", Inspector III Código 307 Grado 07, código 201151, cobró firmeza el 15 de abril de 2013, de acuerdo a información publicada en la página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Para efectos de los nombramientos en periodo de prueba, la Entidad procede de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 50 del Decreto 1950 de 1973, en armonía con los artículos y de la Ley 190 de 1995 y con sujeción al artículo 2º de la Resolución número 0056 del 21 de enero de 2013 proferida por esa Comisión, cuyo texto se transcribe:

"Los servidores que sean nombrados con base en la lista de elegibles de que trata la presente resolución, deberán cumplir con los requisitos exigidos para el cargo de acuerdo con lo establecido en la Convocatoria número 128 de 2009, los cuales deberán ser demostrados al momento de tomar posesión del cargo. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 50 del Decreto 1950 de 1973. en concordancia con los artículos y de la Ley 190 de 1995. corresponde a la entidadnominadora, antes de efectuar nombramiento o dar posesión, verificar el cumplimento de los requisitos y calidades de las personas designadas _ para el desempeño de los empleos. " (Negrillay subraya fuera del texto original).

La Entidad profiere la Resolución número 003907 del 17 de mayo de 2013 "por la cual se abstiene de efectuar un nombramiento en período de prueba" , al advertir que el señor Pedro Pablo Contreras Camargo identificado con la cédula de ciudadanía número 9522270, No cumple con el requisito de experiencia.

Que la Resolución número 003907 del 17 de mayo de 2013 fue notificado personalmente en la fecha 20 de mayo de 2013, al señor Pedro Pablo Contreras Camargo identificado con la cédula de ciudadanía número 9522270, tal como se evidencia en el folio anexo a la resolución en comento.

Que el señor Pedro Pablo Contreras Camargo impugnó a través del recurso de reposición del 20 de mayo del 2013, esto es dentro de los 10 días siguientes a su comunicación, contra la Resolución número 003907 del 17 de mayo de 2013, lo que comporta que fue interpuesto oportunamente.

MOTIVOS DE INCONFORMIDAD

El recurrente peticiona que se revoque la Resolución número 003907 del 17 de mayo de 2013, y que en su lugar se profiera la decisión de su nombramiento en período de prueba para el empleo identificado con el Código OPEC 201151, Inspector III Código 308 Grado 08, Rol "Experto Integral en Gestión Jurídica, Tributaria, Aduanera y...

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