Resolución número 000278 de 2014, por la cual se señala el Precio de Referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero para el segundo semestre de 2014 - 1 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 518265666

Resolución número 000278 de 2014, por la cual se señala el Precio de Referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero para el segundo semestre de 2014

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín49199

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por Ley 67 de 1983 y el Decreto 1000 de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 101 de 1963 se creó la Cuota de Fomento Arrocero, la cual fue modificada por la Ley 67 de 1983.

Que en los términos de la Ley 67 de 1983 y su Decreto Reglamentario 1000 de 1984, están obligadas al recaudo de la Cuota de Fomento Arrocero todas las personas naturales o jurídicas que adquieran o reciban a cualquier título, beneficien o transformen arroz paddy de producción nacional, bien sea que se destine al mercado interno o al de exportación, o se utilice como semillas, materias primas o componentes de productos industriales para el consumo humano o animal.

Que conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto 1000 de 1984, las cuotas de fomento serán liquidadas sobre el precio de referencia que semestralmente señale el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o sobre el de venta del producto, cuando este así lo determine mediante resolución.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Para efectos de la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero durante el segundo semestre del año 2014, esta se...

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