Resolución número 01120 de 2014, por medio de la cual se delegan unas funciones - 26 de Marzo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 501089290

Resolución número 01120 de 2014, por medio de la cual se delegan unas funciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín49104

El Director General, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, el artículo 7º del Decreto número 2618 de

2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 9º de la Ley 489 de 1998 y el artículo 7º del Decreto número 2618 de 2013, el Director General del Invías tiene la competencia y/o facultad para delegar la actividad propia de su gestión, entre otras funciones;

Que con el fin de optimizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública y la gestión administrativa, se hace necesario delegar en la Secretaría General y, Direcciones Técnica, Operativa Contratación y Territoriales, así como en las Oficinas Asesoras, y Subdirecciones del Instituto Nacional de Vías, competencias en desarrollo del objeto de la Entidad;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Delegar en el Director Operativo, Director Técnico, Director de Contratación, el Secretario General, Direcciones Territoriales, Subdirectores, Jefes de Oficinas Asesoras y Jefe de la Oficina de Control Interno, las siguientes funciones:
  1. Autorizar las comisiones de servicio, reconocer y ordenar el pago de las mismas a los funcionarios de su dependencia.

  2. Conceder cuando medie justa causa, hasta tres (3) días de permiso remunerado, a los servidores públicos a su cargo, informando de ello a la Subdirección Administrativa, Área de Talento Humano.

  3. Autenticar las copias de los documentos que reposen en los archivos de gestión de cada una de sus dependencias.

  4. Publicar en los medios que la ley disponga, los actos administrativos que provengan en virtud de las delegaciones otorgadas a cada uno de ellos.

Artículo 2º Delegar en el Director Operativo las siguientes funciones:
  1. Reconocer y ordenar el pago de las comisiones de servicio de los Asesores adscritos a la Dirección General, en ausencia del Director General.

  2. Reconocer y ordenar el pago de las comisiones de servicio de los Directores Territoriales, únicamente cuando sea dentro del territorio de su jurisdicción, mediante memorando, con base en la solicitud que previamente se enviara a esta Dirección, con la información sobre los desplazamientos que se deban realizar en cumplimiento de las funciones de los Directores Territoriales dentro de su respectiva jurisdicción. De igual forma, se reconocerán a los Directores Territoriales el pago de viáticos con ocasión a las comisiones que en virtud del presente artículo, el Director Operativo les autorice, anexando la respectiva autorización.

  3. Asignar los recursos de los proyectos de inversión a las Direcciones Territoriales.

  4. Conceder los permisos para cierres de vías, coordinando lo necesario con la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), previo concepto de la subdirección de estudios e innovación del instituto, y suscribir el acto administrativo que autoriza el respectivo permiso.

  5. Adelantar los trámites para el otorgamiento de permisos relacionados con la construcción de accesos, instalación de tuberías, redes de servicios públicos, canalizaciones, obras destinadas a la seguridad vial, traslado de postes, transporte de hidrocarburos o cruces de redes eléctricas de alta, media o baja tensión, y suscribir el acto administrativo que autoriza el respectivo permiso, previo concepto de la subdirección de Estudios e Innovación del Instituto.

Artículo 3º Delegar en el Director Técnico las siguientes funciones:
  1. Expedir los actos administrativos correspondientes a la modificación a la distribución de la contribución nacional de valorización.

  2. Expedir los actos administrativos por medio de los cuales impongan servidumbres, durante la etapa de construcción de los proyectos de infraestructura de transporte.

  3. Expedir el acto administrativo por medio del cual se declara de utilidad pública e interés social para la ejecución y/o desarrollo de obras de infraestructura de transporte, así como los actos administrativos de desafectación en los casos...

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