Acta - 5 de Agosto de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43290796

Acta

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario
Número de Boletín43655

DIARIO OFICIAL 43.655 ACTA . 05/08/1999 Acta de Cesión, del inmueble ubicado en el municipio de Pamplona -departamento de Norte de Santander, por parte del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec a la Nación Consejo Superior de la Judicatura. Entre los suscritos a saber Laureano Villamizar Carrillo, mayor de edad, vecino de Santa Fe de Bogotá, D. C., identificado con la cédula de ciudadanía número 19109737 de Bogotá, quien obra en nombre y representación del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, en calidad de Director General, designado para ejercer el cargo por Decreto 574 del 5 de abril de 1999, Acta de Posesión número 273 del 8 de abril de 1999, debidamente facultado por el Decreto 2160 de 1992, quien se denominará en el presente documento "Inpec", por una parte; y por la otra Tulia Adelaida Ruiz Ruiz, igualmente mayor de edad, vecina de Santa Fe de Bogotá, D. C., identificada con la cédula de ciudadanía número 41408408 de Bogotá, quien obra en nombre y representación de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura, en su calidad de Directora Ejecutiva de Administración Judicial, designada para ejercer el cargo por Resolución de Nombramiento número 637 del 10 de octubre de 1996 de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, confirmada mediante Resolución número 649 del 24 de octubre de 1996, con Acta de Posesión del 30 de octubre de 1996, debidamente facultada por el numeral 3° del artículo 99 de la Ley 270 de 1996, y quien en este documento se denominará Nación - Consejo Superior, hemos convenido celebrar la Cesión del inmueble, ubicado en la carrera 7ª número 3-84 del municipio de Pamplona - departamento de Norte de Santander, previas las siguientes consideraciones: 1. Que el artículo 33 del Decreto 2160 de 1992, dispone que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, sustituirá, para todos los efectos legales a la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia y al Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia. En virtud de ello, el artículo 35 del mencionado decreto, ordena que el "Inpec" hará el traspaso de inmuebles, contratos, y documentos relacionados con los bienes de la Rama Judicial, al Consejo Superior de la Judicatura. 2. Que el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, el 10 de junio de 1993, conceptuó que los traspasos deben realizarse mediante acta suscrita por los...

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