Acta 50 - 1 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43244283

Acta 50

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Concesiones
Número de Boletín46469

Entre los suscritos, Luis Carlos Ordosgoitia Santana, en su calidad de Gerente General del Instituto Nacional de Concesiones, establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, creado por Decreto 1800 de 26 de junio de 2003, quien para los efectos de este Contrato se llamará el INCO, y Alberto Mariño Samper, identificado con la cédula de ciudadanía número 19240702, quien obra en calidad de Gerente General de la Concesionaria Vial de los Andes, Coviandes S.A., Sociedad Comercial constituida mediante Escritura Pública número 6997 otorgada en la Notaría 29 de Bogotá, inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 1° de agosto de 1994, con Matrícula Mercantil número 607321 quien para el efecto de este documento se denominará el Concesionario, con el objeto de suscribir esta acta, previas las siguientes consideraciones:

  1. Que mediante Decreto 1800 del 26 de junio de 2003 se creó el Instituto Nacional de Concesiones, INCO, como un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte que tiene por objeto ¿Planear, estructurar, contratar, ejecutar y administrar los negocios de infraestructura de transporte que se desarrollen con participación del capital privado y en especial las concesiones, en los modos carretero, fluvial, marítimo, férreo y portuario¿.

  2. Que mediante la Resolución número 003187 del 1° de septiembre de 2003 del Instituto Nacional de Vías, Invías, este cede y subroga el Contrato de Concesión número 444 del 2 de agosto de 1994 al INCO - según lo dispuesto en el Decreto 1800 de junio 26 de 2003 y el Decreto 2056 de julio 24 de 2004. En consecuencia esta última entidad asume como contratante en el contrato de Concesión 444 de 1994.

  3. Que mediante el Acta de Acuerdo número 49 del 30 de diciembre del 2005, se acordaron ajustes a la Ingeniería Financiera del proyecto como fue el prorrateo y la constitución de la nueva matriz de ejecución presupuestaria para el mantenimiento periódico e hiperanuales de los tramos 4 y 5 y a su vez se reconoció el ajuste de la ingeniería financiera por parte del concesionario de los gastos de mantenimiento periódico en el tramo número 5 no realizadas en su momento correspondientes a los años 1998 y 1999, con el fin de adecuarla a los compromisos que las partes adquirieron con la suscripción del mencionado documento.

  4. Que mediante Acta de Acuerdo 5 del 27 de junio de 1997 se acordaron los siguientes puntos:

    1. Costos de construcción del sector de Abastitos. Punto 3 de la mencionada acta: El costo de construcción para el Tramo 3 resultante de los diseños definitivos es de $23.630.470.791 pesos de junio de 1994. Este valor incluye el costo de construcción del sector de Abasticos, según diseño presentado originalmente por el Concesionario;

    2. La variación en el precio de construcción del sector de Abasticos que resulte del diseño aprobado por la Interventoría para este sector, se incluirá en el ajuste de la Ingeniería Financiera del 15 de agosto de 1997, término establecido en el punto 1 del Acta de Acuerdo modificatorio número 4 del 12 de marzo de 1997. Una vez ajustado este presupuesto se considerará definitivo y estará en adelante regulado por el régimen de riesgos y garantías para el régimen de obras a cielo abierto, contemplado en el Acta de Acuerdo del 19 de abril de 1996;

    3. Iniciación de la Construcción del Tramo 3: En el punto 8 del Acta 5, ibídem, se acordó con Invías como fecha de iniciación de los trabajos correspondientes al Tramo 3 ¿...el día hábil siguiente a la suscripción de la presente Acta. En consecuencia, las partes acuerdan modificar el cronograma de actividades vigente, incluida la Variante de Cáqueza y el programa de trabajo que hace parte del acta de Acuerdo modificatorio de mayo 28 de 1996¿. (Cursiva ajena al texto).

    4. Aporte del Invías: En desarrollo del punto 7, del Acta 5, ibídem, se acordó que el aporte estimado que debe entregar el Invías al Concesionario, a más tardar el 30 de junio de 1998, corresponde a $7.713 millones de pesos de junio de 1994, pagaderos en pesos corrientes a la fecha de pago.

  5. Compensación con Plazo: Con base en el numeral anterior y con el fin de que no sea necesario un aporte adicional del Gobierno Nacional se sugiere compensar al Concesionario con una ampliación en el plazo de operación hasta agosto de 2023, discriminado así:

    1. El ajuste pendiente de la Ingeniería Financiera acordado en el Acta de Acuerdo 5 del 27 de junio de 1997, relativa al reconocimiento al Concesionario del mayor valor por...

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