Acta de Cesión - 2 de Febrero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43233188

Acta de Cesión

EmisorVarios - Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar -Teleupar S.A. E.S.P.
Número de Boletín46170

En Bogotá, D. C., a los treinta (30) días del mes de enero de 2006, se reunieron en las instalaciones de Telecom en Liquidación, Javier Alonso Lastra Fuscaldo, identificado como aparece al pie de su firma, en su condición de Apoderado General de la Fiduciaria La Previsora S. A., sociedad liquidadora de las siguientes empresas: Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar S. A.- Teleupar S. A. E.S.P., de una parte y, por la otra, María Teresa Chávez Vela, en su condición de representante legal de Fiduciaria Cafetera S. A, sociedad administradora del Patrimonio Autónomo para la administración y enajenación de los bienes afectos al servicio denominado - Parapat-, constituido por dichas entidades en liquidación, con el fin de hacer entrega por parte de las entidades contratantes o fideicomitentes, y recibir por parte de la mencionada sociedad fiduciaria, la información relacionada con el contrato de fiducia mercantil suscrito el 29 de diciembre de 2005, así como la cesión de unos contratos, en los términos en él estipulados y de conformidad con el decreto de liquidación que le sirven de fundamento, para lo cual se tienen las siguientes:

CONSIDERACIONES:

  1. El numeral 12.2 del artículo 12 del Decreto 1613 de 2003 de liquidación de la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar S. A.- Teleupar S. A. E.S.P. establece que el Liquidador tiene como una de sus funciones, el celebrar un contrato de fiducia mercantil para la administración y enajenación de los bienes afectos al servicio. Así mismo, establecen que una vez suscrito el contrato de fiducia mercantil mencionado, los bienes afectos a la prestación del servicio público de telecomunicaciones se transferirán automáticamente al patrimonio autónomo constituido para tal fin, esto es, al Parapat, con base en una relación de los mismos y tomando como referencia los valores que reflejen los estados financieros de la liquidación;

  2. El decreto de liquidación de la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar S. A.- Teleupar S. A. E.S.P. dispone que una vez se produzca el cierre del proceso liquidatorio, el Patrimonio Autónomo de Remanentes - PAR, se subrogará automáticamente en los derechos y obligaciones de las entidades en liquidación en relación con el convenio suscrito con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade, para elaborar el inventario y realizar el avalúo de los bienes afectos al servicio;

  3. El Liquidador de la Empresa de Telecomunicaciones de Valledupar S. A.- Teleupar S. A...

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