Acta final del proceso liquidatorio de la dirección nacional de estupefacientes en liquidación - 3 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 537901038

Acta final del proceso liquidatorio de la dirección nacional de estupefacientes en liquidación

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección Nacional de Estupefacientes
Número de Boletín49293

Fecha: 30 de septiembre de 2014 2

Lugar: Carrera 9C Nº 12C-10 - Ministerio de Justicia y del Derecho

Asunto: Acta Final de la Liquidación de Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación

Firmantes

Doctor Yesid Reyes Alvarado Ministro de Justicia y del Derecho
Doctora María Mercedes Perry Ferreira Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, Representante Leal

Los doctores Yesid Reyes Alvarado, Ministro de Justicia y del Derecho, designado mediante Decreto 1597 de 21 de agosto de 2014, y posesionado según consta en Acta 1674 de fecha 21 de agosto de 2014 y María Mercedes Perry Ferreira, quien obra en su condición de representante legal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación1, creada como una entidad de carácter técnico mediante el Decreto 494 de 1990, organizada como unidad administrativa especial del orden nacional, adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y patrimonio propio, cuya disolución y liquidación fue ordenada mediante Decreto 3183 de 2 de septiembre de 20112, levantan y suscriben la presenta Acta Final de la Liquidación de Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación.

  1. Objeto del Acta Final de Liquidación

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 del Decreto-ley 254 de 2000 y 22 y 23 del Decreto 3183 de 2011 y una vez presentado el informe de liquidación a la Junta Asesora de la Liquidación, corresponde al Ministro de Justicia y del Derecho y al Agente Liquidador suscribir el acta final de liquidación, la cual se referirá a los siguientes asuntos, en cuanto tienen que ver con el cierre de la liquidación:

  2. Administrativos y de gestión.

  3. Laborales.

  4. Operaciones comerciales y de mercadeo.

  5. Financieros.

  6. Asuntos jurídicos, Procesos judiciales en curso y estado en que se encuentren.

  7. Manejo y conservación de los archivos y memoria institucional.

  8. Bienes y obligaciones remanentes.

    En estas condiciones, la presente acta refleja exclusivamente los aspectos relativos a la liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, sin que la misma suponga una revisión de los asuntos relativos o derivados de los bienes del Fondo para la Rehabilitación y Lucha contra el Crimen Organizado Frisco, en tanto que respecto de los mismos el agente liquidador, según lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 3183 de 2011, fungía en calidad de administrador transitorio y comoquiera que dicha función para la fecha de la suscripción de la presente acta fue trasladada por el artículo 90 de la Ley 1708 de 2014 a la Sociedad de Activos Especiales S.A. SAE S.A.S., quien recibió en tal calidad la administración del FRISCO y los bienes administrados así como los procesos judiciales, según lo dispuesto por el Decreto 1335 del 17 de julio de 2014.

  9. Presentación del Informe Final de la Liquidación

    La doctora María Mercedes Perry Ferreira, quien obra en su condición de representante legal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, presentó en la Sesión número 7 de la Junta Asesora de la Liquidación el informe final de liquidación, en el cual se hizo referencia a los siguientes aspectos a saber: (i) los temas relacionados con la actividad de administración de bienes del Fondo para la Rehabilitación y Lucha contra el Crimen Organizado Frisco, y (ii) los aspectos relacionados con la gestión propios de la liquidación.

    Con ocasión del informe presentado y con el propósito de garantizar el cierre definitivo de la liquidación, resulta necesario hacer referencia a los siguientes aspectos propios del proceso de liquidación:

    2.1. Administrativos y de gestión

    2.1.1. Emplazamiento: Se surtió a todas las personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, que se consideraran con derecho a formular reclamaciones contra la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación mediante avisos emplazatorios publicados en el diario El Tiempo, los días 5 de octubre y 14 de octubre de 2011, para que las presentaran dentro del término oportuno entre los días 18 de octubre al 18 de noviembre de 2011. Vencido dicho término se corrió el traslado a los interesados por el término de cinco días hábiles desde el 21 al 25 de noviembre de 2011, para objetar las reclamaciones, sin que se hubiera presentado ninguna objeción.

    2.1.2. El aviso a los entes de control, jueces y registradores: Sobre el inicio del proceso de liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, la Fiduciaria La Previsora S.A., en cumplimiento de lo ordenado en los numeral 5 y 6 del artículo 6º del Decreto 3183 de 2011 y del Decreto-ley 254 de 2000, se remitieron los oficios (3270) a los entes de control, jueces y registradores entre el 12 y el 30 de septiembre de 2011.

    2.1.3. Resoluciones del proceso de liquidación: Durante la vigencia del proceso de Liquidación se expidieron seis Resoluciones Liquidatorias como se indica a

    Según poder general otorgado por Fiduprevisora S.A ., entidad que de conformidad con el Decreto 3183 de 2011 obra como liquidadora de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, mediante escritura pública 1777 del 7 de octubre de 2011 de la Notaría 26 de Bogotá, adicionada por escrituras públicas 580 del 4 de abril de 2012 y 1500 del 29 de agosto de 2012, ambas de la Notaría 26 de Bogotá.

    Modificado...

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