Actas de A cuerdos 13 - 14 de Julio de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43290509

Actas de A cuerdos 13

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín43637

Los suscritos Gustavo Canal M ora, identificado con la cédula de ciudadanía número 19062306 de Bogotá, obrando en nombre y representación legal del Instituto Nacional de Vías ‑ Invías, en su calidad de Director, por una parte y por la otra Alberto Mariño Samper, identificado con cédula de ciudadanía número 19240702 de Bogotá, actuando en nombre y representación legal de la Concesionaria Vial de Los Andes S.A., ‑ Coviandes, en su calidad de Gerente General, han resuelto suscribir la presente acta de acuerdo, relacionada con la modificación al Reglamento de Operación, previas las siguientes

CONSIDERACIONES:

  1. Que como anexo al Contrato número 444 de 1994, se estableció el Reglamento para la Operación de la carretera Santa Fe de Bogotá ‑ Cáqueza ¿Villavicencio;

  2. Que dentro del citado Reglamento, en el numeral 3.B.3 se estipuló que ¿Deben permanecer disponible, al menos dos grúas con capacidad suficiente para movilizar vehículos de peso bruto vehicular hasta de 60 Tons. Con un mecánico¿.

    3. Que la Concesionarla Vial de Los Andes S.A., ‑ Coviandes, ha solicitado modificar el Reglamento para la Operación de la carretera Santa Fe de Bogotá ‑ Cáqueza ‑ Villavicencio, para reemplazar una de las dos grúas con capacidad para movilizar hasta 60 toneladas por dos vehículos plataforma con capacidad de carga mínima de 3 toneladas.

    4. Que para sustentar esta modificación la Concesionaria Vial de Los Andes S.A., ‑ Coviandes ha presentado mediante comunicación GG1259 un análisis de los servicios prestados; durante los meses de enero, febrero y marzo de 1999, en el cual se muestra que el servicio de atención a vehículos se ha realizado en un porcentaje superior al 80% a los de las categorías I, II y III.

    5. Que la interventoría mediante comunicación C.222.13/1088/99 de abril 30 de 1999, ha emitido concepto favorable a la modificación, para buscar una mayor eficiencia en la atención a los usuarios de la vía.

  3. Que Coviandes mediante comunicación DO‑ 1861 del 14 de mayo de 1999 ha presentado el análisis económico de la modificación, en el cualmanifiesta que los menores costos de inversión causados por la sustitución de los equipos de menor tonelaje se compensan por los, mayores costos de operación durante la concesión, que se generan por el aumento de tripulaciones, e insumos.

  4. Que dentro del citado Reglamento, en el numeral 16.2 se estipuló que ¿El concesionario deberá establecer un sistema de coordinación con la Policía de Víal (hoy de carreter as) de...

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