Acto Legislativo número 02 de 2020, por el cual se modifica el artículo 325 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones - 22 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846763954

Acto Legislativo número 02 de 2020, por el cual se modifica el artículo 325 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín51383

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Modifíquese el artículo 325 de la Constitución Política de Colombia así:

Artículo 325. Créese la Región Metropolitana Bogotá, Cundinamarca como entidad administrativa de asociatividad regional de régimen especial, con el objeto de garantizar la ejecución de planes y programas de desarrollo sostenible y la prestación oportuna y eficiente de los servicios a su cargo. El Distrito Capital, la Gobernación de Cundinamarca y los municipios de Cundinamarca podrán asociarse a esta región cuando compartan dinámicas territoriales, ambientales, sociales o económicas.

En su jurisdicción las decisiones de la región Metropolitana tendrán superior jerarquía sobre las del Distrito, las de los municipios que se asocien y las del departamento de Cundinamarca, en lo relacionado con los temas objeto de su competencia. Las entidades territoriales que la conformen mantendrán su autonomía territorial y no quedarán incorporadas al Distrito Capital.

El Distrito Capital también podrá conformar una región administrativa con otras entidades territoriales de carácter departamental.

Parágrafo Transitorio 1º. Tras la promulgación de este Acto Legislativo, la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca someterán a votación del Concejo Distrital y la Asamblea Departamental su ingreso a la región Metropolitana Bogotá -Cundinamarca, con lo cual entrará en funcionamiento.

Parágrafo Transitorio 2º. Una Ley Orgánica definirá el funcionamiento de la Región Metropolitana y en todo caso deberá atender las siguientes reglas y asuntos:

  1. Para su trámite, el Congreso de la República promoverá la participación ciudadana y de los entes territoriales interesados.

  2. El procedimiento y las condiciones para la asociación de los municipios a la región Metropolitana.

  3. El grado de autonomía de la región Metropolitana.

  4. El Consejo Regional será su máximo órgano de gobierno y estará conformado por el Alcalde Mayor de Bogotá, los Alcaldes de los municipios de Cundinamarca que se asocien y el Gobernador de Cundinamarca.

  5. Habrá un sistema de toma de decisiones que promueva el consenso. No se contemplará la figura de municipio núcleo como estructura organizacional ni habrá lugar al derecho al veto. Ninguna decisión sobre los temas que defina la región Metropolitana podrá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR