Resolución 0100 número 0100-0107 de 2012 por la cual actualiza la escala tarifaria establecida en la Resolución 0100 número 0100-0222-2011 de abril 14 de 2011. - 2 de Marzo de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 355878918

Resolución 0100 número 0100-0107 de 2012 por la cual actualiza la escala tarifaria establecida en la Resolución 0100 número 0100-0222-2011 de abril 14 de 2011.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín48360
26
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.360
Viernes, 2 de marzo de 2012
"
(C. F.).
RESOLUCIÓN 0100 NÚMERO 0100-0107 DE 2012
(febrero 7)
por la cual actualiza la escala tarifaria establecida en la Resolución 0100 número 0100-
0222-2011 de abril 14 de 2011.
La Directora General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC,
En uso de sus atribuciones legales, en especial, de lo dispuesto en la Ley 99 de 1993, Ley
633 de 2000, Decreto Reglamentario 2820 de agosto de 2010, Resolución 0100 número
0100-0197 del 17 de abril de 2008, Resolución número 1280 de julio 7 de 2010, Resolu-
ción 0100 número 0100-0222-2011 de abril 11 de 2011, y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 1° de la Resolución número 1280 de julio 7 de 2010, originario del
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (hoy Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, MADS), se estableció la escala tarifaria para el cobro de los ser-
vicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones,
autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental que deban tramitar las
Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros
Urbanos y las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002, para proyectos,
obras o actividades cuyo valor sea inferior a 2.115 salarios mínimos mensuales (smmv) y en
el parágrafo se dispuso que dichas tarifas máximas deberán ser actualizadas anualmente por
las autoridades ambientales, de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor (IPC),
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Nacional de Estadística (DANE).
Que la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, mediante la Re-
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año la escala tarifaria para proyectos, obras o actividades cuyo valor sea inferior a 2.115
salarios mínimos mensuales (smmv).
Que en cumplimiento de lo establecido en el parágrafo del artículo 1° de la Resolución
número 1280 de julio 7 de 2010, en concordancia con la Resolución 0100 número 0100-
 
el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias ambientales, permisos,
concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental, para
proyectos, obras o actividades cuyo valor sea inferior a 2.115 salarios mínimos mensuales
(smmv) de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), Total nacional
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Estadística (DANE), en 3.73%
Que en mérito de lo expuesto, la Directora General de la Corporación Autónoma Re-
gional del Valle del Cauca, CVC,
RESUELVE:
Artículo 1°. Actualizar para el año 2012, la escala tarifaria para el cobro de los servicios
de evaluación y seguimiento de licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones
y demás instrumentos de manejo y control ambiental, para proyectos, obras o actividades
cuyo valor sea inferior a 2.115 salarios mínimos mensuales (smmv) de conformidad con
el Índice de Precios al Consumidor (IPC), Total nacional del año inmediatamente anterior,
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Valor proyecto Tarifa máxima
Valor proyecto
Tarifa máxima -
2012
Menores a 25 smmv 
Igual o superior a 25 smmv e inferior a 35 smmv 
Igual o superior a 35 smmv e inferior a 50 smmv $165.013,00
Igual o superior a 50 smmv e inferior a 70 smmv $231.150,00
Igual o superior a 70 smmv e inferior a 100 smmv $330.355,00
Igual o superior a 100 smmv e inferior a 200 smmv 
Igual o superior a 200 smmv e inferior a 300 smmv 
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 $1.653.101,00
Igual o superior a 500 smmv e inferior a 700 smmv 
Igual o superior a 700 smmv e inferior a 900 smmv 
Igual o superior a 900 smmv e inferior a 1.500 smmv $6.331.563,00
Igual o superior a 1.500 smmv e inferior a 2.115 smmv $8.925.095,00
Artículo 2°. Las demás disposiciones de las Resoluciones 0100 número 0100-0197
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vigencia y obligatoriedad.
Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación
en el . También publíquese en la página web de la entidad.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Santiago de Cali a los, 7 febrero de 2012.
La Directora General,
María Jazmín Osorio Sánchez.
(C. F.).

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