Acuerdo 000009 A - 28 de Enero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43131731

Acuerdo 000009 A

EmisorVarios - Fondo de Prevención Social del Congreso de la República
Número de Boletín43869

DIARIO OFICIAL 43.869 ACUERDO 000009 A 25/11/1999 por el cual se reglamenta la prestación de los servicios del Plan Complementario de Salud para los afiliados del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República. La Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, en ejercicio de sus facultades legales, estatutarias, en especial las que le confieren la Ley 33 de 1985, la Ley 508 de 1999, y CONSIDERANDO: Que es política del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, garantizar la atención integral en salud a sus afiliados; Que el Decreto 1691 de 1999 reglamenta el Plan Complementario de Salud para los afiliados del Fondo; Que se hace necesario establecer los parámetros bajo los cuales se rige la aplicación de dichos planes, ACUERDA: Artículo 1°. Determinar el Manual de Tarifas en Salud tomando como referencia las Tarifas SOAT o ISS, con variación de hasta el 40%. Esta variación estará ligada al nivel tecnológico y de hotelería que ofrezca el prestador del servicio y, en todo caso, será fijada por la Dirección General del Fondo en plena concordancia con los intereses del mismo. Artículo 2°. Adoptar las tarifas para los procedimientos o tratamientos odontológicos, según lo establecido en el Anexo número 01 del presente acuerdo. Artículo 3°. Establecer el Manual de Medicamentos correspondientes al Plan Complementario de Salud según el Anexo número 02 del presente acuerdo. Artículo 4°. La implementación y ejecución del Plan Complementario de Salud estarán sujetas a la regulación de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 5°. Las disposiciones emitidas en el presente acuerdo tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 1999 en atención a los términos que fija la Ley 508 de 1999 con respecto a los estudios de viabilidad jurídica y financiera para el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República. Parágrafo. En el evento en que se expida un decreto que haga permanentes los planes complementarios, estas tarifas continuarán vigentes hasta que la junta adopte una decisión diferente. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999). El Presidente, (firma ilegible). El Secretario, (firma ilegible). ANEXO NUMERO 01 PROCEDIMIENTOS FONDO ISS SOAT ECOPETROL PROMEDIO PROPUESTA Consulta inicial 13,000 11,350 11,100 14,000 12,363 13,000 Consulta de urgencias 11,500 11,775 7,000 13,000 10,819 15,000 Cita de control 8,500 8,500 9,000 RADIOLOGIA CONVENCIONALES Periapical o coronal 2,500 2,805 2,900 4,000 3,051 2,800 Oclusal 7,000 5,160 5,400 10,000 6,890 9,000 Panorámica 11,500 14,000 12,750 13,000 Extraoral (perfil-anteroposterior) 7,000 17,700 12,350 12,000 Juego periapical completo 22,500 29,000 47,000 32,833...

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