Acuerdo 000012 - 31 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43217695

Acuerdo 000012

EmisorVarios - Correos de Colombia
Número de Boletín45778

La Junta Directiva de la Administración Postal Nacional, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y especialmente las que le confiere el literal h) del artículo 10 del Acuerdo número 008, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 4 del artículo 2º del Decreto 2124 del 29 de diciembre de 1992, autoriza a Adpostal para definir las tarifas y los precios de los servicios a su cargo;

Que el literal h) del artículo 10 del Acuerdo número 008 del 28 de mayo de 2002, establece dentro de las funciones de la Junta, la de señalar las tarifas que regirán los servicios postales que presta la entidad;

Que la Junta Directiva, una vez analizada la estructura tarifaria de la empresa y después de discutir y analizar la propuesta presentada por la administración, considera que se deben efectuar los incrementos de tarifas en los servicios y productos de su portafolio comercial, con el fin de compensar los costos operacionales y de funcionamiento de la entidad;

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Fijar las tarifas para los servicios de correo y de Mensajería especializada, nacionales e internacionales, prestados por la Administración Postal Nacional, Adpostal, para la vigencia del año 2005.
CAPITULO I Artículo 2

Servicios de correo tradicional

Artículo 2º Correo normal

Este servicio se define como el recibo y entrega de toda clase de correspondencia como cartas, paquetes, revistas, libros, periódicos y demás envíos postales con cubrimiento urbano y nacional.

  1. Envíos LC (cartas, tarjetas postales, aerogramas) y envíos AO o impresos

    Impresos: Es cualquier envío o reproducción de un original que no teniendo carácter actual y personal, sea obtenido sobre el papel o cualquier otro material similar por medio de un procedimiento mecánico de impresión.

    Peso máximo: 2.000 gramos para envíos LC y 5.000 gramos para envíos AO.

    Tarifas

    Escala de peso (gramos) LOCAL NACIONAL

    Más de Hasta

    0 500 $1.200 $3.100

    500 1.000 $1.400 $3.200

    Kilo o fracción adicional $1.200 $1.400

  2. Cecogramas

    Son los clisés que llevan los signos de cecografía, o sea las impresiones en relieve para el uso de los ciegos. Son envíos cuya impresión está realizada con caracteres Braille expedidas por un instituto oficialmente reconocido, o dirigidas a una institución similar.

    Tarifas

    Interior-Exterior: Convenio UPU. Cursan con franquicia.

    Peso máximo: 7.000 gramos.

  3. Falta o insuficiencia de franqueo

    La Administración de origen tendrá facultad de devolver los envíos de correspondencia sin franqueo o con franqueo insuficiente a los expedidores, para que estos completen su franqueo por sí mismos. La Administración de destino también podrá encargarse de franquear los envíos de correspondencia o de completar los envíos con franqueo insuficiente y de cobrar el doble del monto faltante al destinatario.

    Tasa mínima: $1.200.

    Tasa máxima: El doble de los portes para los envíos cursados como ordinario. Este cobro se hace al destinatario al momento de la entrega del envío.

CAPITULO II Artículo 3

Servicios especiales de correo

Artículo 3º A partir de la vigencia del presente Acuerdo, la Administración Postal Nacional, en forma directa o a través de terceros aplicará las siguientes tarifas máximas para los servicios especiales de correo:
  1. Respuesta comercial

    Servicio de correo por medio del cual los clientes pueden aplicar estrategias empresariales par a realizar campañas relativas de ventas, ofertas de servicios, encuestas de mercadeo, suscripciones, ventas por correo, obtención de información confidencial y cualquier tipo de actividad sin costo para la persona que responde.

    Tarifas

    Tarifa urbana 450

    Tarifa nacional 600

  2. Acuse de recibo

    Servicio complementario que se prestará a los clientes que utilicen el servicio certificado y de encomiendas, el cual consiste en un formato adicional que incluye los datos del remitente y el destinatario, fechas de imposición y de entrega y un espacio para la firma de quien recibe el envío. Este formato se debe franquear con el valor de una tarifa de correo normal, urbano o nacional en la primera escala de peso, según el caso y debe adherirse al envío.

    Firmado de conformidad por el destinatario se devuelve al remitente sin costo adicional y su uso no es obligatorio.

  3. Correo certificado (envíos L.C. y A.O. y sacas "M").

    Es un servicio que tiene tratamiento, seguimiento y control especial, que dispone de un comprobante que garantiza su admisión y entrega a domicilio bajo firma. Unico aceptado como elemento de prueba en procesos judiciales.

    1. Tarifas (Envíos L.C. y A.O. - Impresos)

      Escala de peso (gramos) LOCAL NACIONAL O AEREO

      Más de Hasta

      0 500 $3.500 $4.200

      500 1.000 $5.000 $5.700

      Kilo o fracción adicional $1.200 $1.400

      Peso máximo: 2.000 gramos para envíos L.C. y 5.000 gramos para envíos A.O.

    2. Sacas "M" certificada

      Peso máximo: 30 kilogramos.

      Este servicio se presta a personas u organizaciones que generan volúmenes considerables de publicaciones, tales como: revistas, periódicos, libros, etc., de un origen que permite agruparlos en un saco o empaque para ser despachados y entregados en un...

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