Acuerdo 0027 - 10 de Enero de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43146859

Acuerdo 0027

EmisorVarios - Administración Postal Nacional
Número de Boletín44287

DIARIO OFICIAL 44.287 ACUERDO 0027 18/12/2000 por el cual se fijan las tarifas de los servicios de correo y de mensajería especializada, ofrecidos por la dministración Postal Nacional, Adpostal, en forma directa o a través de terceros. La Junta Directiva de la Administración Postal Nacional, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y especialmente las que le confiere el numeral 6° del artículo 15 del Decreto 2247 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el numeral 4° del artículo segundo del Decreto 2124 del 29 de diciembre de 1992, autoriza a Adpostal para definir las tarifas y los precios de los servicios a su cargo; Que el numeral 6° del artículo 15 del Decreto 2247 del 11 de noviembre de 1993, establece dentro de las funciones de la Junta, la de señalar las tarifas que regirán los servicios postales que presta la entidad; Que se hace necesario incrementar las tarifas de los servicios de correo y de mensajería especializada que presta Adpostal, debido a que estas no han sido reajustadas desde diciembre de 1998; Que la Junta Directiva, una vez analizada la estructura tarifaria de la Empresa y después de discutir y analizar la propuesta presentada por la administración, considera que se deben efectuar los incrementos de tarifas en los servicios y productos de su portafolio comercial, con el fin de compensar los costos operacionales y de funcionamiento de la Entidad; Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA: Artículo 1°. Fijar las tarifas para los servicios de correo y de Mensajería especializada, nacionales e internacionales, prestados por la Administración Postal Nacional, Adpostal. CAPITULO I Servicios de correo tradicional Artículo 2°. Correo normal (personas). Este servicio se define como el recibo y entrega de toda clase de correspondencia como cartas, paquetes, revistas, libros, periódicos y demás envíos postales con cubrimiento urbano y nacional. 1. Cartas, tarjetas postales, aerogramas Peso máximo: 2.000 gramos. TARIFAS Escala de peso (gramos) LOCAL NACIONAL O AEREO Más de Hasta 0 25 650 1.100 25 50 1.300 1.650 50 100 1.950 2.200 100 250 2.600 2.750 250 500 3.250 3.300 500 1.000 3.900 3.850 Kilo o fracción adicional 650 1.100 2. Impresos Peso máximo: 5.000 gramos. Impresos: Es cualquier envío o reproducción de un original que no teniendo carácter actual y personal, sea obtenido sobre el papel o cualquier otro material similar por medio de un procedimiento mecánico de impresión. TARIFAS Escala de peso (gramos) LOCAL NACIONAL O AEREO Más de Hasta 0 50 650 1.100 50 500 1.300 2.200 500 1.000 1.950 2.750 Kilo o fracción adicional 650 1.100 3. Cecogramas Son los clisés que llevan los signos de cecografía, o sea las impresiones en relieve para el uso de los ciegos. Son envíos cuya impresión está realizada con caracteres Braille expedidas por un instituto oficialmente reconocido, o dirigidas a una institución similar. TARIFAS Interior - Exterior: Convenio UPU. Cursan con franquicia. Peso Máximo: 7.000 gramos. 4. Falta o insuficiencia de franqueo La Administración de origen tendrá facultad de devolver los envíos de correspondencia sin franqueo o con franqueo insuficiente a los expedidores, para que éstos completen su franqueo por sí mismos. La Administración de destino también podrá encargarse de franquear los envíos de correspondencia o de completar los envíos con franqueo insuficiente y de cobrar el doble del monto faltante al destinatario. Tasa mínima: $650. Tasa máxima: El doble de los portes para los envíos cursados como ordinario. Este cobro se hace al destinatario al momento de la entrega del envío. 5. Prensa (corresponsalías), periódicos, revistas y libros de autores nacionales Peso Máximo: 3.000 gramos, Es el servicio para el transporte de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR