Acuerdo 048
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural |
Número de Boletín | 46202 |
El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en uso de sus facultades, legales y estatutarias y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 4488 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley 160 de 1994 Ley de Reforma Agraria, señala como uno de sus objetivos el de promover y consolidar la paz, a través de mecanismos encaminados a lograr la justicia social, la democracia participativa y el bienestar de la población campesina;
Que conforme al artículo 31 numeral 2 de la citada disposición, es función del Incoder, la adquisición de tierras con destino al beneficio de personas respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya establecido programas especiales para tal fin.;
Que la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, tiene por objeto establecer instrumentos eficaces para el establecimiento de un orden social justo a favor de grupos de población vulnerable, y específicamente en su artículo 65, establece ¿Las personas que se desmovilicen bajo el marco de acuerdos con los grupos armados organizados al margen de la ley con los cuales el Gobierno Nacional haya adelantado un proceso de paz, o en forma individual, podrán beneficiarse, en la medida en que lo permita su situación jurídica, de los programas de reinserción socioeconómica que para el efecto establezca el Gobierno Nacional¿;
Que los Decretos 128 y 3360 de 2003, reglamentan la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y 782 de 2002, en materia de reincorporación a la vida civil;
Que de conformidad con el parágrafo 2° del artículo 2° del Decreto 4488 de 2005, la entrega de tierras debe estar acompañada de un proyecto productivo y de desarrollo socio económico;
Que es necesario resaltar que para la ejecución del proyecto mencionado en el párrafo anterior, se dispondrá de diferentes alternativas de financiamiento tales como, presupuestos públicos, recursos de crédito, cooperación internacional y financiación privada, entre otras;
Que el mencionado decreto, establece un programa especial de adquisición y adjudicación de tierras a favor de las personas reincorporadas a la vida civil y en su artículo 3° señala que el Consejo Directivo del Incoder, determinará los criterios y el procedimiento de selección de los beneficiarios del mencionado programa;
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba