Acuerdo 0522 - 9 de Junio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43209340

Acuerdo 0522

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín45574

La Directora General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 1 del artículo 29 de la Ley 99 de 1993, y el numeral 1 del artículo... del Acuerdo CAR 18 de 2002 donde se consignan los estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2 del artículo 27 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el parágrafo 7º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, asigna a las Corporaciones Autónomas Regionales en este caso la CAR, la competencia para concertar los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Expansión Urbana de Occidente - Calle 15 del municipio de Facatativá, de conformidad con lo establecido en el Decreto Municipal 069 de 2002 de adopción del Plan de Ordenamiento Territorial (POT);

Que el municipio de Facatativá presentó ante la CAR documentos relacionados con el Plan Parcial de Expansión Urbana de Occidente - Calle 15 del citado municipio, mediante radicación número 11324-1 del 9 de diciembre de 2003;

Que la Corporación mediante radicación número 14606-2 del 22 de diciembre de 2003, hizo llegar a la Administración Municipal de Facatativá el documento que contiene las consideraciones al Plan Parcial de Expansión Urbana de Occidente - Calle 15, y se fijó como fecha de concertación el 23 de diciembre de 2003;

Que el día 23 de diciembre de 2003 se realizó la sesión de concertación del Plan Parcial de Expansión Urbana de Occidente - Calle 15 de Facatativá, en las oficinas de la sede central de la Corporación, resultado de la cual se firmó de común acuerdo el acta respectiva;

Que mediante oficio con radicación CAR 02030-1 del 25 de febrero de 2004, se anexó la información de los compromisos derivados de la sesión de concertación;

Que los temas y asuntos concertados se resumen en los siguientes términos:

La información general del área objeto del Plan Parcial es la siguiente:

¿ Localización y delimitación: Noroccidente de la zona urbana de Facatativá, en la zona de expansión Calle 15, presentado en dos globos de terreno.

¿ Area total: 11,80 hectáreas.

¿ Tratamientos urbanísticos: Desarrollo en suelos de expansión.

¿ Población proyectada: 1.310 habitantes (cálculo estimado).

¿ Operaciones urbanas: Dos (2).

Las operaciones urbanas son señaladas en el numeral 6 del documento técnico de Formulación, en el cual se señala:

¿ La primera, sobre los predios con número catastral 01-00-0188-006000, 00-002-0202, 00-002-027 y 00-002-0339 de Facatativá, sujeta a construcción de vivienda comercio y servicios educativos.

¿ La segunda, San Rafael sobre el predio 00-002-02002 de Facatativá, objeto de desarrollo de vivienda de interés social.

Realizada la correspondiente confrontación cartográfica de la localización y delimitación, la Corporación consideró necesario precisar las áreas con la zona de expansión aprobada por el municipio, ya que alguna fracción del área de la delimitación del globo de terreno 2 se encuentra en suelos rurales, por lo tanto era necesaria la precisión a este respecto, ya que el plan parcial desarrolla el área pero mantiene la clasificación del territorio; de igual manera precisar lo concerniente al predio con cédula catastral 00-002-0339, el cual no fue posible identificar.

Concertación: El municipio acogió lo señalado por la Corporación y aclaró que los predios en referencia van hasta la vía denominada variante Ecopetrol, límite de la zona de expansión y el cual está definido en el plano de perímetros del POT, por lo tan to las coordenadas se ajustan a este límite.

En cuanto al predio identificado con cédula catastral 00-002-0339, el cual no se encontraba, se aclaró que es un colegio, el cual no figura desenglobado en la referencia cartográfica CAR, sin embargo, el Jefe...

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