Acuerdo 1740
Emisor | Varios - Consejo Superior de la Carrera Notarial |
Número de Boletín | 45135 |
La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en el numeral 13 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996,
ACUERDA:
Tiro.
¿ Tamaño: 6.00 x 9.00 cm.
¿ Espacio de 3 x 4 cm. en el lado izquierdo para pegar fotografía del auxiliar de la justicia.
¿ Encabezado: Escudos y leyenda de la República de Colombia y del Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa.
¿ Identificación de la oficina competente que la expide.
¿ Nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía del auxiliar de la justicia.
¿ Vigencia.
¿ Ciudad y fecha de expedición.
¿ Válida únicamente para posesión.
Retiro.
¿ Cargos inscritos.
¿ Firma Jefe Oficina Competente
¿ Firma Auxiliar de la Justicia.
¿ La leyenda: ¿En caso de pérdida, favor devolver al despacho u oficina judicial más cercana¿.
El valor de la expedición de la certificación o licencia es de $25.000 reajustable de manera anual y automática en el mismo porcentaje del IPC que decrete el Gobierno Nacional y se consignará en el Banco Agrario a nombre del Consejo Superior de la Judicatura en la cuenta especial denominada Derecho de Petición-Pago que establece el parágrafo 2° del artículo 2° del Acuerdo 05 de 2002 expedido por la Sala Plena del Consejo Superior de la Judicatura.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2003.
La Presidenta,
Lucía Arbeláez de Tobón.
(C. F.)
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