Acuerdo 203
Emisor | Ministerio de Salud |
Número de Boletín | 44485 |
DIARIO OFICIAL 44.485 ACUERDO 203 01/06/2001 por el cual se aprueba una distribución de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía- Subcuenta de Solidaridad, para ampliación de cobertura del régimen subsidiado en los nuevos departamentos. El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 212 y 172 numeral 12 de la Ley 100 de 1993, y CONSIDERANDO: Que en el parágrafo 2° del artículo 4° del Acuerdo 190 del CNSSS estableció que se redistribuirá para ampliación de cobertura los recursos de Fosyga-Subcuenta de Solidaridad, que no se comprometan en aplicación de ese acuerdo; Que el Acuerdo 179 del CNSSS establece la pérdida de cofinanciación para las Entidades Territoriales que no hayan cancelado la deuda con las ARS en los términos establecidos en dicho Acuerdo; Que conforme al estudio técnico realizado por el Ministerio de Salud 8 de los 9 departamentos creados en virtud del Decreto 2274 de 1991, presentan coberturas del régimen subsidiado inferiores al promedio nacional y por la estructura existente en su oferta de servicios de salud, presentan dificultades en relación con la accesibilidad de la población a tales servicios, lo cual se ve agravado en muchos de los casos por la dispersión de la población; Que el Acuerdo 145 del CNSSS señaló los procedimientos para la afiliación y contratación dentro del Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para la población beneficiaria de los corregimientos de los departamentos a que se refiere el Decreto 2274 del 4 de octubre de 1991; Que según el presupuesto aprobado mediante el Acuerdo 189 del CNSSS y las asignaciones realizadas en virtud de lo aprobado en el Acuerdo 190 del CNSSS, existe apropiación suficiente, para asumir la distribución del presente acuerdo, según certificación de la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de Salud, tanto para la vigencia corriente como para la vigencia futura; Que de acuerdo con el estudio técnico de sostenibilidad realizado por el Ministerio de Salud, que hace parte del Acta correspondiente de la sesión del CNSSS, se garantiza la financiación de la continuidad de la cobertura actual, así como la sostenibilidad de la ampliación de cobertura realizada en virtud de lo establecido en el Acuerdo 190 del CNSSS y de la prevista en el presente Acuerdo, ACUERDA: Artículo 1°. Objeto. Distribuir recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía-Subcuenta de Solidaridad de la...
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