Acuerdo 94 - 30 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43245190

Acuerdo 94

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín46497

El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto ¿ Ley No. 1300 de 2003, en especial la atribuida en el parágrafo No. 02 del artículo 15 de la Ley No. 1066 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Mediante Decreto 1291 de 21 de mayo de 2003 se suprimió el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras ¿ INAT y se ordenó su liquidación.

El artículo 24 del citado Decreto, numeral 2, manifiesta que: ¿no forman parte del patrimonio del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras ¿ INAT en Liquidación: (¿) 5. La cartera a cargo de los usuarios y asociaciones de los distritos de riego a favor del Inat¿. También, señala que: ¿Los bienes de que trata el presente artículo serán transferidos por el Liquidador del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras ¿ INAT en Liquidación, a la entidad que asuma las funciones para el desarrollo rural¿.

Paralelamente, por Decreto 1292 de 21 de mayo de 2003 se suprimió el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria ¿ INCORA y se ordenó su liquidación. En su artículo 38, numeral 5, señala que: ¿no forman parte del patrimonio del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria ¿ INCORA en Liquidación: (¿) 5. La cartera de los préstamos otorgados por el INCORA para adquisición de tierras y para producción¿ y que: ¿Los bienes de que trata el presente artículo serán transferidos por el Liquidador del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria - INCORA en Liquidación, a la entidad que asuma las funciones de desarrollo rural asignadas al INCORA¿.

Para asumir las funciones y políticas misionales de los Institutos Liquidados, por Decreto número 1300 de 21 de mayo de 2003 se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural ¿ INCODER a quien corresponde hoy aplicar la legislación del subsector de adecuación de tierras contenida en la Ley 41 de 1993 y sus decretos reglamentarios, así como la legislación de reforma social agraria y desarrollo rural contenida en la Ley 160 de 1994 y demás normas concordantes, entre otras.

El artículo 22 del Decreto 1300 de 2003 estipula que los recursos y el patrimonio del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER, estarán constituidos entre otros, ¿por la cartera de los préstamos otorgados por el INCORA en liquidación para adquisición de tierras y para producción¿, así como por ¿la cartera a cargo de los usuarios y asociaciones de los distritos de riego a favor del INAT en liquidación¿.

Con el fin de normalizar la cartera pública, permitir en ejercicio de sus actividades y funciones administrativas, el recaudo de rentas o caudales públicos al interior de las entidades, se expidió la Ley No. 1066 de 2006, indicando en su Artículo Primero que: ¿Conforme a los principios que regulan la Administración Pública contenidos en el Artículo 209 de la Constitución Política, los servidores públicos que tengan a su cargo el recaudo de obligaciones a favor del Tesoro Público deberán realizar su gestión de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna, con el fin de obtener liquidez para el Tesoro Público¿.

En particular, el artículo 15 de dicha ley facultó al INCODER para que efectuara la reestructuración de créditos que le adeuden sus beneficiarios y usuarios, de conformidad con el reglamento que establezca para tales efectos su Consejo Directivo, fijando como un término cinco (5) meses contados a...

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