Acuerdo 994 - 21 de Noviembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43167522

Acuerdo 994

EmisorVarios - Fondo Nacional de Ahorro
Número de Boletín44621

DIARIO OFICIAL 44.621 ACUERDO 994 16/11/2001 por el cual se prorroga la vigencia inicial de la aprobación de algunos créditos. La Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las otorgadas por la Ley 432 de 1998 y los Decretos 1453 y 1454 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Ley 432 de 1998 transformó al Fondo Nacional de Ahorro en Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, estableciendo como objeto de esta Entidad contribuir a la solución del problema de vivienda de sus afiliados para lo cual tiene la facultad de otorgar créditos; Que de conformidad con los Estatutos del Fondo Nacional de Ahorro, adoptados mediante Decreto número 1454 de 1998, la Junta Directiva tiene la facultad de expedir el Reglamento de Crédito de la entidad; Que en desarrollo de la citada facultad, la Junta Directiva expidió el Acuerdo 990 del 24 de agosto de 2001, ¿por el cual se adopta el nuevo reglamento de crédito para vivienda del Fondo Nacional de Ahorro¿; Que el citado Acuerdo dispone que la aprobación de los créditos tendrá una vigencia de cuatro (4) meses, los cuales se contarán pasados quince (15) días hábiles de la fecha de introducción de la carta de aprobación de la solicitud de crédito en el correo; Que el parágrafo transitorio del artículo 2° del mismo Acuerdo 990 de 2001 señala que las solicitudes de crédito recibidas antes del 20 de agosto de 2001 regirán por el Acuerdo 949 de 1998" estableciendo este último Acuerdo como término de vigencia inicial de aprobación de los créditos cinco (5) meses contados a partir de la fecha de publicación; Que durante este año han sido aprobados créditos por parte de la Junta Directiva de la entidad y que dado el tiempo transcurrido, este considera conveniente prorrogar los términos de vigencia para los créditos aprobados y comunicados, en el presente año, mediante carta de aprobación, ACUERDA: Artículo 1°. Prorrogar hasta por cuatro (4) meses más contados a partir del primero (1°) de diciembre dedos mil uno (2001) la vigencia de aprobación de que trata el numeral 11 del artículo 1° del Acuerdo 949 de 1998 y el capítulo 8 del Acuerdo 990 de 2001, para los créditos aprobados y comunicados, en el presente año, mediante carta de aprobación. Artículo 2°. Autorizar al Presidente del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR