Acuerdo aog número 02 de 2021, por el cual se adopta el Plan Operativo de Acción Anual 2021 y el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano 2021 de la JEP - 27 de Enero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 857113454

Acuerdo aog número 02 de 2021, por el cual se adopta el Plan Operativo de Acción Anual 2021 y el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano 2021 de la JEP

EmisorVarios - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín51570

El Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el parágrafo 2º del artículo transitorio 5 del Acto Legislativo 01 de 2017, precisado en sus alcances por la Corte Constitucional en Sentencia C-674 de 201, el artículo 10 de la Ley 1957 de 2019 y el artículo 13 del Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5º transitorio del Acto Legislativo 01 del 2017, que creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, señala que la Jurisdicción Especial para la Paz estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el artículo 15 del Acto Legislativo 01 del 2017 estipula que la Jurisdicción Especial para la Paz "(...) entrará en funcionamiento a partir de la aprobación de este Acto Legislativo sin necesidad de ninguna norma de desarrollo, sin perjuicio de la aprobación posterior de las normas de procedimiento y lo que establezca el reglamento de dicha jurisdicción (...)".

Que el artículo 110 de la Ley 1957 del 6 de junio de 2019 "Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz", establece que "En tanto los magistrados de JEP no definan una instancia de gobierno conforme a lo previsto en el parágrafo 2 del artículo transitorio 5 del Acto Legislativo 01 de 2017, la JEP tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de estrategia general de la Jurisdicción. De tal forma, se enfocará en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción".

Que el artículo 110 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia en la JEP establece como funciones del Órgano de Gobierno, entre otras, las siguientes:

"1) Establecer las políticas generales de...

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