Acuerdo ca número 003 de 2016, por el cual se expide el Reglamento de Inscripción, Admisión y Matrícula en los Programas Académicos de Pregrado que ofrece la Universidad Surcolombiana - 19 de Mayo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 640679389

Acuerdo ca número 003 de 2016, por el cual se expide el Reglamento de Inscripción, Admisión y Matrícula en los Programas Académicos de Pregrado que ofrece la Universidad Surcolombiana

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín49878

El Consejo Académico de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones y en especial de las que le confiere el numeral 17 del artículo 38 del Acuerdo número 075 de 1994, expedido por el Consejo Superior Universitario, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 38 numeral 17 del Acuerdo 075 de 1994 "Estatuto General de la Universidad Surcolombiana" le corresponde y es función del Consejo Académico aprobar los criterios de admisión de los estudiantes para cada uno de los Programas Académicos que ofrece la Universidad Surcolombiana.

Que la Universidad Surcolombiana mediante Acuerdo expedido por el Consejo Académico, establece para cada período académico el Instructivo del Proceso de Admisiones.

Que a través del presente Reglamento se pretende definir los aspectos académicos y administrativos de la Universidad Surcolombiana en materia de Inscripción, Admisión y Matrícula.

Que para ingresar a la Universidad Surcolombiana el aspirante interesado debe agotar las fases correspondientes a la Inscripción, Admisión y Matrícula, establecidas en el presente acuerdo.

Que el Consejo Académico, en sesión ordinaria de la fecha según Acta número 010, luego de estudiar el citado proyecto de Acuerdo determinó aprobarlo.

Que en mérito de lo expuesto;

ACUERDA:

Artículo único Establecer el Reglamento de Inscripción, Admisión y Matrícula para los Programas Académicos de Pregrado ofertados por la Universidad Surcolombiana.

REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y MATRÍCULA PARA LOS PROGRAMAS DE PREGRADO

CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

Del ingreso a la Universidad

Artículo 1º De la inscripción.

Es el acto mediante el cual una persona manifiesta su interés en ingresar a uno o más Programas Académicos de Pregrado ofrecido por la Universidad Surcolombiana en cualquiera de sus Sedes, de acuerdo al procedimiento establecido en el presente Reglamento.

Artículo 2º De la admisión.

Es el procedimiento mediante el cual la Universidad selecciona académicamente a los aspirantes que de manera voluntaria realizan la inscripción, de acuerdo con los requisitos establecidos en este Reglamento.

Artículo 3º De la matrícula.

Es el proceso mediante el cual el aspirante admitido a un Programa Académico, luego de realizar el pago de los derechos pecuniarios y la firma del acta de matrícula, adquiere la calidad de estudiante activo.

Artículo 4º De la calidad de estudiante.

Es aquel aspirante que ha sido admitido en un Programa Académico, ha legalizado su matrícula financiera y académica con la firma de la correspondiente Acta de Matrícula en el Centro de Admisiones, Registro y Control Académico dentro de las fechas establecidas.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 11

Del proceso de inscripción

Artículo 5º De las convocatorias de inscripción.

Las convocatorias de inscripción a los Programas Académicos de Pregrado que ofrece la Universidad Surcolombiana en sus Sedes, son aprobadas mediante Acuerdo expedido por el Consejo Académico.

La Universidad publicará las convocatorias en la página web Institucional.

Artículo 6º De las modalidades de inscripción.

En la Universidad Surcolombiana existen las siguientes modalidades de inscripción:

  1. Estricto orden de puntaje ponderado Exámenes de Estado - Icfes

  2. Regímenes Especiales: Comunidades Indígenas, Comunidades Negras, Desplazados por la violencia y Reinsertados en los procesos de paz.

  3. Transferencias.

  4. Convenio Escuelas Normales (Solo aplica para los Programas de la Facultad de Educación).

Artículo 7º Del procedimiento de inscripción.

Las inscripciones se realizarán en las fechas establecidas por el Consejo Académico, a través de la página web Institucional de la siguiente manera:

  1. Descargar e imprimir el comprobante de pago correspondiente al valor de la inscripción.

    En el comprobante de pago se encuentra un PIN (Número de Identificación Personal) y será el que utilizará el aspirante cuando diligencie el Formulario de Inscripción.

  2. Pagar los derechos de Inscripción con el comprobante de pago generado u oficial en una de las entidades financieras registradas en dicho comprobante.

  3. Un (1) día hábil después de efectuado el pago, el aspirante deberá diligenciar a través de la página web Institucional el Formulario de Inscripción dentro de los plazos establecidos en la Convocatoria.

  4. Cuando el aspirante haya terminado el diligenciamiento del Formulario de Inscripción en la página web Institucional, deberá imprimir el correspondiente Certificado de Inscripción. Igualmente, la Universidad de manera automática enviará dicho certificado al correo electrónico que suministró al momento de inscribirse.

  5. El aspirante debe verificar el estado de su inscripción, en el enlace que estará disponible para tal fin en la página web Institucional, lo que permitirá conocer si la inscripción es válida o anulada.

Artículo 8º Del número de inscripciones.

El aspirante podrá adquirir más de un PIN para inscribirse en más de un Programa Académico; en caso de ser admitido en varios Programas Académicos, solo podrá matricularse en uno de ellos, de conformidad con lo establecido en el Manual de Convivencia Estudiantil.

Artículo 9º Del pago por concepto de inscripción.

El pago realizado por concepto de inscripción que efectúe el aspirante, se aplicará exclusivamente para el período académico respectivo y no habrá lugar a devolución de este valor, excepto cuando el Consejo Académico determine la no apertura de la cohorte.

Parágrafo. El uso de la contraseña (PIN) es responsabilidad del aspirante, por lo que la Universidad no se hace responsable por daños o perjuicios que afecten al aspirante como resultado de la no confidencialidad de la misma.

Artículo 10 De la responsabilidad en la inscripción.

Es deber y responsabilidad del aspirante tramitar debidamente su inscripción siguiendo las instrucciones del presente Reglamento y las que se suministran en la página web Institucional.

La Universidad no se hará responsable de los errores que el aspirante pueda cometer en el proceso de inscripción; por lo tanto, no habrá lugar a modificaciones o correcciones en la misma.

Parágrafo. La veracidad de la información que suministre el aspirante es de su absoluta responsabilidad y bajo gravedad de juramento. De encontrarse inconsistencias o adulteraciones, el aspirante será excluido en cualquiera de las etapas del proceso, incluso si el aspirante ha sido admitido o se ha matriculado.

Artículo 11 De las inscripciones por pérdida de cupo.

Los aspirantes que hayan sido estudiantes de la Universidad Surcolombiana y hayan perdido el cupo en un Programa Académico, no podrán inscribirse al mismo Programa, ya sea en otra jornada, en otra sede o al mismo Programa que haya cambiado de denominación.

CAPÍTULO III Artículos 12 a 20

Del proceso de admisión

Artículo 12 De la oferta académica.

En cada período la oferta académica y los cupos serán aprobados por el Consejo Académico, teniendo en cuenta las modalidades de inscripción establecidas. La admisión está condicionada a los cupos aprobados en cada Programa para el periodo académico respectivo.

Artículo 13 De los requisitos.

Son requisitos para el ingreso a los diferentes Programas Académicos de Pregrado que ofrece la Universidad Surcolombiana:

  1. Acreditar el título de bachiller o el equivalente del título de bachiller obtenido en el exterior, debidamente convalidado por el Ministerio de Educación Nacional.

  2. Haber presentado el Examen de Estado para ingreso a la educación superior ICFES con un máximo de diez (10) años de vigencia.

  3. Presentar las pruebas específicas establecidas para los Programas Académicos que lo exigen.

  4. Cumplir con los demás requisitos establecidos por la Universidad.

Artículo 14 De las ponderaciones.

Para el proceso de admisión, se tendrá en cuenta el puntaje obtenido por el aspirante en el Examen de Estado para el ingreso a la Educación Superior (Icfes) en las áreas que defina el Programa Académico y el puntaje obtenido en las Pruebas Específicas para los Programas Académicos que las exijan como criterio de selección.

La Universidad definirá las ponderaciones de las Áreas del conocimiento que evalúa el Examen de Estado y las Pruebas Específicas de Aptitud, de acuerdo a la naturaleza de cada Programa Académico.

Parágrafo. La Universidad Surcolombiana validará la información del registro del Sistema Nacional de Pruebas (SNP), suministrada por el aspirante con el archivo plano verificado y retornado por el Icfes.

Artículo 15 Del procedimiento de selección y admisión.

La selección y admisión de los aspirantes se efectuará mediante el siguiente procedimiento:

  1. Cada área evaluada por el examen de Estado - Icfes se multiplicará por el porcentaje que el Programa a través del Consejo de Facultad le asignó al área respectiva. La ponderación se aplicará también a las Pruebas Específicas de Admisión, para los Programas que las exijan.

  2. Posteriormente se sumarán las ponderaciones de las áreas del conocimiento y se realizará el ordenamiento de mayor a menor, de acuerdo con esta suma.

  3. Una vez se tenga consolidada la lista de aspirantes por Puntaje Ponderado, serán admitidos quienes obtengan las mejores posiciones de la lista ordenada, de acuerdo con el número de cupos establecidos por el Programa en cada una de las modalidades de ingreso. Aquí se define la primera línea de corte de admitidos y en adelante para los llamados adicionales que defina la Universidad Surcolombiana.

Parágrafo. Para aquellos aspirantes que presentaron las Pruebas Saber 11 en septiembre de 2010, la Universidad Surcolombiana aplicará la Tabla de Transformaciones de las puntuaciones normalizadas 2010-2 a la escala histórica del Examen Saber 11 que remitió el Icfes.

Artículo 16 De las pruebas específicas.

Las Pruebas Específicas de...

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