Acuerdo consejo directivo número 1373 de 2019, por el cual se modifica la zonificación de un área del Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga, de preservación a zona general de uso público-subzonapara la recreación y se dictan otras disposiciones - 8 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 777224593

Acuerdo consejo directivo número 1373 de 2019, por el cual se modifica la zonificación de un área del Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga, de preservación a zona general de uso público-subzonapara la recreación y se dictan otras disposiciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga
Número de Boletín50920

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confieren los artículos 27 literal g) y 31 numeral 16 de la Ley 99 de 1993; 2.2.2.1.2.5 del Decreto 1076 de 2015; 2º de la Resolución 1890 de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y 35 literal f) de los estatutos de la entidad.

CONSIDERANDO:

  1. Que conforme el numeral 16 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, en concordancia con el artículo 2.2.2.1.2.5 del Decreto 1076 de 2015, corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales la reserva, delimitación, alinderación, declaración, administración y sustracción, de los Distritos Regionales de Manejo Integrado.

  2. Que conforme el artículo 2.2.2.1.1.4 del Decreto 1076 de 2015 "el reconocimiento tanto de los cambios intrínsecos que sufre la biodiversidad, como de los producidos por causas externas a esta, implica que el Sinap debe ser flexible y su gestión debe ser adaptativa frente al cambio, sin detrimento del cumplimiento de los objetivos específicos de conservación".

  3. Que el artículo 2.2.2.1.4.1 del Decreto 1076 de 2015 establece que las áreas protegidas del Sinap deberán zonificarse con fines de manejo, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos de conservación. "Las zonas y sus subsecuentes subzonas dependerán de la destinación que se prevea para el área, según la categoría de manejo definida".

  4. Que mediante acuerdo del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para la defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), número 0839 del 23 de diciembre de 1996 se declaró como DISTRITO DE MANEJO INTEGRADO un área localizada en los municipios de Bucaramanga, Floridablanca y Girón; delimitada así: por el occidente con el río de Oro; por el sur con el río Frío; por el norte con el río Suratá y por el oriente con las divisorias de aguas de las cuencas de las quebradas Zapamanga, La Iglesia Chitota y La Majada.

  5. Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo de la CDMB número 1246 del 31 de mayo de 2013, se homologó la denominación del Distrito de Manejo Integrado de Bucaramanga con la categoría de área protegida del Sinap, Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga (DRMI), Bucaramanga.

  6. Que el artículo 7º del Acuerdo del Consejo Directivo número 1246 de 2013 estableció la zonificación y asignación de usos para el DRMI de Bucaramanga, teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto 2372 de 2010; acorde con dicha clasificación, el DRMI de Bucaramanga presenta cuatro categorías a saber: Zona de Preserva- ción (ZPE), Zona de Restauración (ZRE), Zona de Uso Sostenible (ZUS) y Zona de Uso Público (ZPU), a la cual corresponden los Códigos ZPU01 a ZPU08.

  7. Que mediante Acuerdo 1285 del 27 de febrero de 2015, se modificó el artículo 7º del acuerdo 1246 de 2013 referido en el anterior considerando y se incorporó el

    Código ZPU09 a la Zona de Uso Público (ZPU) del DRMI Bucaramanga.

  8. Que el artículo 2.2.2.1.4.1 del Decreto 1076 de 2015, en relación con la zonificación de las áreas del Sinap, define la zona general de uso público como aquella que incluye "... espacios definidos en el plan de manejo con el fin de alcanzar objetivos particulares de gestión a través de la educación, la recreación, el ecoturismo y el desarrollo de infraestructura de apoyo a la investigación. Contiene las siguientes subzonas: a) Subzona para la recreación, es aquella porción, en la que se permite el acceso a los visitantes a través del desarrollo de una infraestructura mínima tal como senderos o miradores".

  9. Que conforme a lo dispuesto en los artículos 2.2.2.1.4 y 2.2.2.1.2.5 del Decreto 1076 de 2015 la Subdirección de Ordenamiento y Planificación Integral del Territorio de la CDMB, adelantó el estudio de la solicitud de cambio de zonificación, presentada por el municipio de Bucaramanga, con el objeto de analizar la compatibilidad del proyecto denominado "PARQUE BOTÁNICO DE LOS CERROS ORIENTALES - BOSQUE DE LOS CAMINANTES", con las categorías de zo- nificación del DRMI y sus objetivos específicos de conservación y emitió en fecha 19 de marzo de 2019, el concepto denominado "Concepto técnico en relación a la viabilidad del cambio de zonificación de Zona de Preservación a Zona General de Uso Público -Subzona para la Recreación- de cinco (5) polígonos que en conjunto suman un área de 0,9620 hectáreas al interior del DRMI Bucaramanga para el desarrollo del proyecto "Parque Botánico de los Cerros Orientales - Bosque de los Caminantes" y ajuste cartográfico de un tramo del trazado de la vía de acceso al barrio Los Anaya de la ciudad de Bucaramanga".

  10. Que conforme el documento técnico anteriormente referido, se conceptúa por parte de la Subdirección de Ordenamiento y Planificación Integral del Territorio, lo siguiente:

    "1. Se considera viable el AJUSTE CARTOGRÁFICO del Distrito Regional del Manejo Integrado de Bucaramanga, para el polígono de 0.047 hectáreas, descrito en la tabla del Anexo 1 del presente concepto, teniendo en cuenta que dicho ajuste no afecta los objetivos de conservación del DRMI de Bucaramanga, no disminuye el área total actual del DRMI de Bucaramanga y corrige cartográficamente el trazado de la vía de acceso al Barrio Los Anaya de la Ciudad de Bucaramanga, la cualfue excluida del área protegida, conforme Acuerdo de Consejo Directivo de la CDMB número 1194 del 17 de diciembre de 2010, por medio del cual se actualizó el DMI Bucaramanga".

    2.

    Se considera viable el CAMBIO DE ZONIFICACIÓN de Zona de Preservación a Zona General de Uso Público - Subzona para la Recreación, para cinco (5) polígonos relacionados en el...

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