Acuerdo consejo directivo número 22 de 2019, por el cual se designa el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, para el período institucional 2020-2023 - 2 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 825582685

Acuerdo consejo directivo número 22 de 2019, por el cual se designa el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, para el período institucional 2020-2023

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Magdalena
Número de Boletín51125

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el artículo 27 de la

Ley 99 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 27 literal j) de la Ley 99 de 1993, consagra las funciones del Consejo Directivo, preceptuando como una de estas la de "Nombrar de acuerdo al artículo siguiente o remover de conformidad con los estatutos al Director General de la Corporación";

Que el artículo 24 de los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, reglamenta las funciones del Consejo Directivo y en el numeral 10 se consagra la facultad que tiene este órgano de nombrar al Director General;

Que en virtud de lo anterior, mediante Acuerdo número 17 del 2 de agosto de 2019, el Consejo Directivo de la Corporación, reglamentó el procedimiento para la designación del Director General, para el período institucional comprendido del 1 º de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023;

Que el día 1 º de octubre de 2019, se dio inicio al proceso de designación del Director General para el periodo institucional anteriormente enunciado, con la publicación en el periódico El Heraldo, en las carteleras de la Corporación y en la página web www. corpamag.gov.co, así como también en medio radial, del aviso de convocatoria dirigido a todas las personas interesadas en aspirar a dicho cargo;

Que en desarrollo de dicho proceso se presentaron diez (10) aspirantes, de los cuales ocho (8) cumplieron los requisitos previstos en el artículo 2.2.8.4.1.21 del Decreto número 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible;

Que una vez agotadas todas las etapas del proceso de designación y habiéndose materializado en cada una de estas, los principios administrativos de publicidad, transparencia, moralidad, igualdad e imparcialidad y conforme a lo previsto en el...

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