Acuerdo de consejo directivo número 1388 de 2019, por el cual se adopta el Plan General de Ordenación Forestal Integral y Sostenible para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga CDMB - 31 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 834803489

Acuerdo de consejo directivo número 1388 de 2019, por el cual se adopta el Plan General de Ordenación Forestal Integral y Sostenible para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga CDMB

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga
Número de Boletín51183

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, conferidas a través de Ley 99 de 1993, Resolución 1890 de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y acuerdo del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, número 009 de 2009.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2a de 1959 establece el esquema de economía forestal y conservación de los recursos naturales renovables, particularmente los recursos forestales;

Que la Ley 23 de 1973 concedió facultades extraordinarias para que el Presidente la República expida un Código de Recursos Naturales y protección al medio ambiente; así mismo, en su artículo 2º señala que el medio ambiente es un patrimonio común y que el Estado y los particulares deberán participar en su mejoramiento y conservación;

Que atendiendo al mandato anterior, se expidió el Decreto Ley 2811 de 1974, el cual regula entre otros aspectos, el manejo el de los suelos forestales por su naturaleza y de los bosques que contienen, denominandolos áreas forestales como productoras, protectoras y protectoras-productoras. Así mismo, ordena que los aprovechamientos forestales persistentes deben hacerse previo estudio y plan de ordenación de los trabajos necesarios para asegurar la sostenibilidad del bosque;

Que el Decreto 877 de 1976, señala los usos del recurso forestal frente a su aprovechamiento y al otorgamiento de permisos y concesiones;

Que de conformidad con el artículo 8 de la Constitución Política Colombiana, es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación;

Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 79 consagra el derecho a gozar de un ambiente sano. Así mismo, establece, el deber del Estado, de proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines;

Que la Constitución Política de Colombia, establece en su artículo 58 la función ecológica inherente a la propiedad privada y el artículo 80 señala, la obligación a cargo del Estado, de planificar y aprovechar los recursos naturales para garantizar el desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución y tomar las medidas necesarias para prevenir y controlar los factores que causan un deterioro al medio ambiente;

Que el artículo 313 numerales 7 y 9 de la Constitución Nacional confían a los concejos municipales, reglamentar los usos del suelo dentro de los límites que fije la ley, y dictar las normas necesarias para el control, la preservación y...

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