Acuerdo de consejo superior universitario número 63 de 2017, por medio del cual se modifica el Acuerdo 03 de 2017 que autoriza al rector de la Universidad Tecnológica de Pereira a comprometer vigencias futuras - 8 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 698964321

Acuerdo de consejo superior universitario número 63 de 2017, por medio del cual se modifica el Acuerdo 03 de 2017 que autoriza al rector de la Universidad Tecnológica de Pereira a comprometer vigencias futuras

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Tecnológica de Pereira
Número de Boletín50441

El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que en el Estatuto Presupuestal de la Universidad, Acuerdo 22 de noviembre de 2004, en su artículo 25 "Vigencias futuras" se estipula que cuando la Universidad requiere celebrar compromisos que cubran varias vigencias fiscales, deberá obtener la autorización del Consejo Superior para comprometer vigencias futuras.

Que en el Estatuto de Contratación de la Universidad, Acuerdo 05 del 27 de febrero de 2009, en el literal e) del artículo 23 se indica que para legalizar un contrato se requiere el registro presupuestal, salvo que se trate de la contratación con recursos de vigencias fiscales futuras, para lo cual se requerirá su aprobación por parte del Consejo Superior.

Que el Capítulo III del Estatuto de Contratación de la Universidad regula la Contratación Directa y en el artículo 41 establece que para la adquisición de inmuebles solo se requiere de una cotización.

Que mediante Acuerdo 03 del 19 de enero de 2017, el Consejo Superior Universitario autorizó al Rector para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto con vigencias futuras ordinarias por valor de ocho mil veinte millones ciento sesenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro pesos ($8.020.167.874.) con el fin de celebrar con la Alcaldía de Pereira un contrato de compraventa del 24,06% de un lote de terreno que tiene un área de 17.205.05 m2, así como la totalidad de las mejoras en él establecidas, ubicado en la Parcelación La Julia del municipio de Pereira. departamento de Risaralda, identificado con la matrícula inmobiliaria 290-66650 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Ficha Catastral 01-03-0153-0001-000, del cual el 75,94%, restante del terreno, es de propiedad de la Gobernación de Risaralda.

Que la Alcaldía de Pereira contrató con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) un nuevo avalúo sobre el inmueble antes referido, en razón al vencimiento del avalúo practicado por Camacol Risaralda, el cual había sido inicialmente la base de negociación y en...

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