Acuerdo de consejo superior universitario número 07 de 2019, por medio del cual se otorga una facultad al Rector de la Universidad
Emisor | Entes Universitarios Autónomos - Universidad Tecnológica de Pereira |
Número de Boletín | 50901 |
El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira, en ejercicio de sus atribuciones legales, estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Tecnológica de Pereira, creada por la Ley 41 de 1958, es un ente universitario autónomo del orden nacional, con régimen especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, académica, financiera y patrimonio independiente, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, cuyo objeto es la educación superior, la investigación y la extensión.
Que de conformidad con el artículo 58 de la Constitución Política, se garantiza la propiedad privada y los derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por las leyes posteriores. No obstante, prevé que cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultare en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social.
Que el artículo 10 de la Ley 9a de 1989, modificado por el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, declaró de utilidad pública e interés social la adquisición de inmuebles para destinarlos, entre otros fines, a la ejecución de programas y proyectos de infraestructura vial y de sistemas de transporte masivo previstos en los planes de ordenamiento territorial (literal e).
Que el Alcalde de Pereira, mediante Decreto número 271 del 30 de marzo de 2017, anunció la puesta en marcha del Proyecto Estratégico Cable Aéreo Línea Parque Olaya-Terminal - UTP- Villa Santana y su área de influencia, como elemento del Sistema Integrado de Transporte Público.
Que mediante Decreto número 614 de septiembre 13 de 2017, el Alcalde de Pereira adopta el Macroproyecto Urbano Cable Aéreo, elemento integrador del Sistema de Transporte Público de la ciudad, mediante un instrumento de planificación intermedia, facultad que le fue otorgada en el Plan de Ordenamiento Territorial (Acuerdo número 035 de 2016), siendo además clasificado en el Plan de Desarrollo Municipal como uno de los proyectos emblemáticos para Pereira y su Área Metropolitana.
Que en el Título II Capítulo III, De los Instrumentos de Planificación Intermedia del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), se establece en el artículo 574 que la Planificación Intermedia es un proceso mediante el cual se articulan los tejidos...
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