Acuerdo número 001 de 2021, por el cual se establece la estructura de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), y se determinan las funciones de sus dependencias' - 14 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 861174756

Acuerdo número 001 de 2021, por el cual se establece la estructura de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), y se determinan las funciones de sus dependencias'

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
Número de Boletín51588

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), En ejercicio de las facultades que le otorga el literal f) del artículo 27 de la Ley 99 de 1993; y

CONSIDERANDO:

Que el Plan de Acción 2020-2023: Huila Territorio de Vida, Sostenibilidad y Desarrollo, y específicamente el proyecto 4.2 Fortalecimiento Institucional para la Gestión Ambiental, contempla como una de sus metas, la gestión para la modernización de la planta de personal de la Corporación.

Que mediante Resolución número 1141 del 8 de julio de 2020 el Director General de la Corporación conformó un grupo interno de trabajo y le encargó la labor de "... efectuar el estudio técnico para el rediseño institucional, considerando los antecedentes que sobre la materia posea la Corporación, el cual podrá incluir la modificación de la estructura, planta de personal y manual de funciones y requisitos de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, CAM; el cual estará integrado por la Jefe de Oficina Código: 137 Grado: 11 adscrito a la Oficina de Planeación, los Subdirectores Generales Código: 040 Grado: 16 de las Subdirecciones de Regulación y Calidad Ambiental y Gestión Ambiental y el Secretario General Código: 040 Grado: 16."

Que el grupo interno de trabajo llevó a cabo la labor encomendada en el marco de lo establecido en las Leyes 489 de 1998 y 909 de 2004; acogiendo las directrices y etapas establecidas en la cartilla "Rediseño Institucional de Entidades Públicas", julio de 2014, de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) y el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).

Que, en sesión del 30 de septiembre de 2020, se presentaron los resultados del "Estudio Técnico para el Rediseño Institucional de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM)", donde se propone una nueva estructura y planta de personal de la Corporación; con fundamento en necesidades del servicio, formalización del empleo y por razones de modernización de la Administración.

Que el Consejo Directivo conformó una comisión con el fin de que estudiara con mayor detalle la propuesta de estructura y planta de la administración y presentara el informe correspondiente.

Que la comisión designada se reunió los días 8 y 16 de octubre de 2020 con el grupo interno de trabajo, realizando sugerencias a la propuesta de la administración, siendo incorporadas al documento aquellas con viabilidad técnica y presupuestal.

Que el 29 de octubre de 2020 la comisión designada por el Consejo Directivo presentó informe favorable a la propuesta presentada por la administración, con las sugerencias y ajustes incorporados a la misma que se dieron a conocer en dicha sesión; solicitándose revisar las actuales plantas de personal de otras Corporaciones Autónomas Regionales similares a la CAM para incorporar el análisis correspondiente en el estudio de rediseño.

Que el 26 de noviembre de 2020 en sesión del Consejo Directivo, la administración sustentó que, conforme a concepto del secretario general de la CAM, la propuesta de rediseño debe ser presentada en la vigencia 2021 cuando se pueda emitir el correspondiente certificado de disponibilidad presupuestal que respalde el ajuste propuesto en estructura y planta.

Que el Consejo Directivo acoge los resultados del "Estudio Técnico para el Rediseño Institucional de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM)" actualizado a enero de 2021 y en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Estructura:

Para el cumplimiento de su objeto y funciones la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM, tendrá la siguiente estructura:

  1. ASAMBLEA CORPORATIVA

  2. CONSEJO DIRECTIVO

  3. DIRECCIÓN GENERAL

    3.1 OFICINA DE CONTRATACIÓN

  4. SECRETARÍA GENERAL

  5. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

  6. SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

  7. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL

  8. SUBDIRECCIÓN DE REGULACIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL

  9. DIRECCIONES TERRITORIALES

  10. ÓRGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN

Artículo 2º Asamblea Corporativa.

La Asamblea Corporativa es el principal órgano de dirección de la Corporación; sus funciones son las señaladas en el artículo 25 de la Ley 99 de 1993 y en las normas reglamentarias y estatutarias.

Artículo 3º Consejo Directivo.

El Consejo Directivo es el órgano de administración de la Corporación y tiene las funciones contempladas en el artículo 27 de la Ley 99 de 1993 y en las normas reglamentarias y estatutarias.

Artículo 4º Dirección General.

Son funciones de la Dirección General las siguientes:

  1. Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo y de la Asamblea Corporativa.

  2. Presentar para estudio y aprobación del Consejo Directivo los planes y programas que se requieran para el desarrollo del objeto de la Corporación, el proyecto de presupuesto, así como los proyectos de organización administrativa y de planta de personal de la misma.

  3. Presentar al Consejo Directivo los proyectos de reglamento interno.

  4. Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad.

  5. Constituir mandatarios o apoderados que representen a la Corporación en asuntos judiciales y demás de carácter litigioso.

  6. Delegar en funcionarios de la entidad el ejercicio de algunas funciones, previa autorización del Consejo Directivo.

  7. Nombrar y remover el personal de la Corporación y establecer el manual específico de funciones y requisitos de la entidad.

  8. Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la Corporación.

  9. Rendir informes al Ministerio del ramo, en la forma en que este lo determine, sobre el estado de ejecución de las funciones que corresponden a la Corporación y los informes generales y periódicos o particulares que solicite, sobre las actividades desarrolladas y la situación general de la Entidad.

  10. Presentar al Consejo Directivo los informes que le sean solicitados sobre la ejecución de los planes y programas de la Corporación, así como su situación financiera, de acuerdo con los estatutos.

  11. Coordinar, dirigir y controlar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos de la entidad, de tal forma que se garantice el cabal cumplimiento de su objeto legal y de su misión institucional.

  12. Crear y conformar grupos internos de trabajo con arreglo a las normas vigentes, teniendo en cuenta la estructura interna y las necesidades del servicio para la normal ejecución de los planes, programas y proyectos trazados por la entidad.

  13. Asignar el personal de acuerdo con la estructura administrativa y la planta de personal de la entidad.

  14. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad y ejercer su representación legal.

  15. Dirigir, establecer y desarrollar el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno en la entidad y verificar su implementación y desarrollo a nivel de cada una de sus dependencias, dando estricto cumplimiento a las normas vigentes sobre la materia.

  16. Adoptar las políticas, estrategias, planes y proyectos necesarios para garantizar el bienestar social y la capacitación integral del personal de la entidad.

  17. Garantizar la comunicación veraz y oportuna de las políticas corporativas e información generada, para conocimiento de los grupos de interés tanto internos como externos, mediante efectivos instrumentos de divulgación.

  18. Orientar el desarrollo tecnológico de la Corporación, con base en las metas establecidas para cada periodo de gestión.

  19. Dirigir y coordinar la gestión de proyectos de cooperación técnica nacional e internacional, que la Corporación requiera para el cumplimiento de su objeto y misión institucional.

  20. Coordinar y promover el establecimiento y desarrollo de alianzas estratégicas con otras entidades públicas, el sector privado y organizaciones de la sociedad civil orientadas a la identificación, planificación y gestión de iniciativas y proyectos estratégicos para mejorar el conocimiento ambiental y promover el desarrollo sostenible en la región.

  21. Las demás que le señalen las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos de la entidad y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

Artículo 5º Oficina de Contratación:

Son funciones de la Oficina de Contratación:

  1. Asesorar al despacho del Director General y a las dependencias de la Corporación en el desarrollo de las diferentes etapas y actividades del proceso contractual.

  2. Acompañar a las dependencias en la etapa precontractual hasta la selección del contratista o declaratoria de desierto del respectivo proceso.

  3. Realizar la publicación en el SECOP de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación, remitidos por las dependencias, salvo los asuntos expresamente sometidos a reserva.

  4. Publicar en la página web institucional los conceptos y actos relacionados con los procesos de contratación emitidos por esta Oficina.

  5. Actualizar el proceso de contratación incluidos los procedimientos, formatos y demás instrumentos que permitan su desarrollo conforme a la normatividad vigente.

  6. Proyectar los actos administrativos que resuelvan las observaciones presentadas a los informes de evaluación.

  7. Asesorar en las audiencias de aclaración y de adjudicación, en las cuales será indispensable para su iniciación y desarrollo, la presencia...

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