Acuerdo número 003 de 2020, por medio del cual se adopta la zonificación y régimen de usos del Complejo de Páramo Los Nevados - 27 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851631655

Acuerdo número 003 de 2020, por medio del cual se adopta la zonificación y régimen de usos del Complejo de Páramo Los Nevados

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Risaralda - Corporación Autónoma Regional de Caldas - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Corporación Autónoma Regional del Quindío - Dirección Territorial Andes Occidentales de Parques Nacionales Naturales de Colombia
Número de Boletín51480

La Comisión Conjunta del Complejo de Páramo Los Nevados, conformada por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, (Carder), Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima), Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) y la Dirección Territorial Andes Occidentales de Parques Nacionales Naturales de Colombia,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de 1991, señaló un conjunto de deberes ambientales a cargo del Estado, entre los que sobresalen el artículo 79, estableciendo el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para lograr estos fines.

Que adicionalmente establece en su artículo 80 que el Estado debe planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, así como cooperar con otras naciones en la protección de los ecosistemas fronterizos.

Que la Ley 99 de 1993 en su artículo 1º establece que la política ambiental colombiana seguirá 14 principios ambientales definiendo en el número 4, que: "Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos serán objeto de protección especial", y en el numeral 10. Que "la acción para la protección y recuperación ambiental del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado (...)".

Que el parágrafo 3º del artículo 33 de la Ley 99 de 1993 establece: "en los casos en que dos o más Corporaciones Autónomas Regionales tengan jurisdicción sobre un ecosistema o sobre una cuenca hidrográfica comunes, constituirán de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional, una comisión conjunta...

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