Acuerdo número 005 de 2019, por el cual se aprueba el ajuste y actualización del Plan General de Ordenación Forestal (PGOF) ahora Plan de Ordenación Forestal (POF) de la Corporación Autónoma Regional del Chivor (Corpochivor). - 2 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 775386373

Acuerdo número 005 de 2019, por el cual se aprueba el ajuste y actualización del Plan General de Ordenación Forestal (PGOF) ahora Plan de Ordenación Forestal (POF) de la Corporación Autónoma Regional del Chivor (Corpochivor).

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Chivor
Número de Boletín50914

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Chivor (Corpochivor), en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias y en especial las previstas en los artículos , 23, 29 y 31 de la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo de Asamblea Corporativa 004 del 05 de diciembre de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en el inciso segundo del artículo 79 establece que: “Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”, y en el inciso primero del artículo 80 establece que: “El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución”.

Que el artículo 7° de la Ley 99 de 1993 establece que se entiende por ordenamiento ambiental del territorio: “...la función atribuida al Estado de regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso del territorio y de los recursos naturales renovables de la Nación, a fin de garantizar su adecuada explotación y su desarrollo sostenible...”.

Que el numeral 10 del artículo de la Ley 99 de 1993, refiriéndose a los fundamentos de la política ambiental colombiana, establece que las acciones para la protección y recuperación ambiental del país, son tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado.

Que el numeral 9 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 establece que es función de las Corporaciones: "Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente. Otorgar permisos y concesiones para los aprovechamientos forestales, concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para la caza y pesca deportiva".

Que el numeral 14 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 establece que las Corporaciones deben: "Ejercer el control de la movilización, procesamiento y comercialización de los recursos naturales renovables en coordinación con las demás Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades territoriales y otras autoridades de policía, con conformidad con la ley y los reglamentos; y expedir los permisos, licencias y salvoconductos para la movilización de recursos naturales renovables".

Que el artículo 10 de la Ley 388 de 1997 establece la obligación de los municipios de tener en cuenta en la formulación del Plan de...

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