Acuerdo número 007 de 2016, por el cual se desarrollan las funciones establecidas en los numerales 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 9º del Decreto 2364 de 2015 - 20 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 830516601

Acuerdo número 007 de 2016, por el cual se desarrollan las funciones establecidas en los numerales 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 9º del Decreto 2364 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia de Desarrollo Rural
Número de Boletín51173

El Consejo Directivo de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), en uso de las facultades que le confieren los numerales 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 9º del Decreto 2364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Constitución Política, establece que es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

Que el artículo 65 de la Constitución, dispone que se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras.

Que las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, "Todos por un nuevo país", establecieron la necesidad de adecuar la institucionalidad del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, para asegurar la ejecución más eficiente de sus recursos y mejorar su capacidad de intervención en el territorio, permitiendo el desarrollo de los pobladores y productores rurales.

Que mediante el Decreto 2364 de 2015, expedido en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas al Presidente de la República (Ley 1753 de 2015, artículo 107, apartado b)) se creó la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), como una Agencia Estatal de naturaleza especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, técnica y financiera, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, cuyo objeto es ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial, a través de la estructuración, cofinanciación y ejecución de planes y proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural nacionales y de iniciativa territorial o asociativa, así como fortalecer la gestión del desarrollo agropecuario y rural y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales y la competitividad del país.

Que el artículo 9º del Decreto 2364 de 2015 señaló como funciones del Consejo Directivo de la Agencia de Desarrollo Rural, entre otras, las siguientes:

"4) Definir y adoptar los criterios para la asignación y distribución de recursos de la Agencia, de conformidad con las políticas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

5) Adoptar el reglamento para la aprobación de los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural, y la adjudicación de los recursos que los cofinancian, y determinar las instancias competentes para tal fin.

6) Aprobar las líneas para la cofinanciación de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial.

7) Definir y adoptar los criterios y requisitos para el acceso a líneas de cofinancia-ción de proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural, con base en las políticas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

8) Definir los criterios para la aprobación de los proyectos nacionales y los de iniciativa territorial o asociativa que estén registrados en el Banco de Proyectos, y que serán objeto de cofinanciación por parte de la Agencia.

Que en consecuencia, el Consejo Directivo de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR),

ACUERDA

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2
Artículo 1º Objeto general.

El presente Acuerdo tiene por objeto desarrollar las funciones establecidas en los numerales 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 9º del Decreto 2364 de 2015.

Artículo 2º Proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial.

Los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial, se entenderán como aquellos orientados a la generación de ingresos, que involucran de forma integral los componentes de cofinanciación definidos en el presente Acuerdo.

Los tipos de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial son los siguientes:

  1. Proyectos estratégicos Nacionales: Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderán como Proyectos Estratégicos Nacionales las iniciativas de corto, mediano y largo plazo priorizadas por el Gobierno Nacional, que articulan el concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el desarrollo agropecuario y rural del país y coadyuvan a su crecimiento económico y social.

  2. Proyectos Territoriales: Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderán como Proyectos Territoriales las iniciativas de corto, mediano y largo plazo, que articulan el concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el desarrollo agropecuario y rural de la región y coadyuvan a su crecimiento económico y social.

  3. ...

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