Acuerdo número 01 de 2018, por medio del cual se imparten directrices para el cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 2.1.1.2.7.2.1 del Decreto número 1335 de 2018 - 26 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 741170529

Acuerdo número 01 de 2018, por medio del cual se imparten directrices para el cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 2.1.1.2.7.2.1 del Decreto número 1335 de 2018

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía
Número de Boletín50728

La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 353 de 1994, modificado por el artículo 5º de la

Ley 973 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía de conformidad con el Decreto-ley 353 de 1994, modificado parcialmente por la Ley 973 de 2005 y la Ley 1305

de 2009, tiene como objeto facilitar a sus afiliados la adquisición de vivienda propia mediante la realización o promoción de todas las operaciones de mercado inmobiliario y la intermediación, captación y administración del ahorro de sus afiliados; implementando las actividades administrativas, técnicas, financieras y crediticias que sean indispensables para el efecto;

Que conforme al artículo 3º de la Ley 973 de 2005, la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía tiene, entre otras, la función de administrar directa o indirectamente los inmuebles o recursos de capital que constituyen el patrimonio de la Entidad;

Que el Decreto número 1335 de 2018 "por medio del cual se modifica el Decreto número 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con el acceso al subsidio familiar de vivienda en especie para áreas urbanas de los integrantes de la Fuerza Pública, que se encuentren en estado de vulnerabilidad y no cuenten con una solución habitacional y se adoptan otras disposiciones" , amplió el criterio de focalización para el acceso al subsidio familiar de vivienda en especie para áreas urbanas a los hogares que tengan como miembro del grupo familiar a un integrante de la Fuerza Pública y acogió todas las categorías existentes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que se encuentran en estado de vulnerabilidad y no cuenten con una solución habitacional;

Que el Decreto número 1335 de 2018, determinó a su vez, en el parágrafo transitorio del artículo 2.1.1.2.7.2.1, la posibilidad que los integrantes de la Fuerza Pública beneficiarios del subsidio de vivienda otorgado por el Estado a través de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía puedan acceder, por única vez, al subsidio familiar de vivienda en especie con cargo al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), si se...

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