Acuerdo número 010 de 2015, por el cual se modifica el Reglamento de Crédito Educativo del Icetex, en cuanto al (%) del aporte al Fondo de Garantías - 30 de Abril de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 568970714

Acuerdo número 010 de 2015, por el cual se modifica el Reglamento de Crédito Educativo del Icetex, en cuanto al (%) del aporte al Fondo de Garantías

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín49498

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, el Acuerdo número 029 del 20 de junio de 2007, el Acuerdo 013 del 3 de abril de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en los artículos 67 y 69 contempla la educación como un derecho de la persona y un servicio público, estipula que el Estado facilitará los mecanismos financieros para propiciar el acceso a las personas a la educación superior.

Que el numeral 1 y 4 del artículo 9º del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006 establece que es función de la Junta Directiva formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, y expedir conforme a la ley y a los estatutos del

Icetex, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y de las operaciones autorizadas al Icetex como entidad financiera de naturaleza especial.

Que mediante el Acuerdo 029 del 20 de junio de 2007, se adoptó el reglamento de crédito del Icetex. En el Capítulo IV, artículo 13 del citado reglamento, se establecieron las características y condiciones financieras del crédito educativo, como son tasa de interés, interés de mora, prima de seguro y desembolso.

Que el artículo 1º del Acuerdo 013 del 3 de abril de 2008 modificó el artículo 13 del Acuerdo 029 del 20 de junio de 2007 por el cual se adoptó el Reglamento de Crédito del Icetex, denominado Prima de Seguro así:

"Artículo 13. (...) Prima Seguro. La prima de seguro para cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario de crédito educativo otorgado por el Icetex o aquellos que se otorguen a través de los Fondos en Administración, será el equivalente al 2% de cada desembolso y el beneficiario la pagará por una sola vez con la primera cuota posterior a cada desembolso.".

Que el Icetex contrató un estudio actuarial en agosto de 2014, con el objeto de conocer si la prima de aporte al fondo de garantías del 2% que cubre riesgos de muerte e invalidez de los beneficiarios del crédito educativo del Icetex y de...

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