Acuerdo número 010 de 2019, por el cual se ordena la apertura de la convocatoria, se adopta el procedimiento y se establece el cronograma para la designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), para el período institucional del 2020-2023 y se dicta otras disposiciones - 24 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 821265169

Acuerdo número 010 de 2019, por el cual se ordena la apertura de la convocatoria, se adopta el procedimiento y se establece el cronograma para la designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), para el período institucional del 2020-2023 y se dicta otras disposiciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Risaralda
Número de Boletín51116

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente la consagrada en el artículo 27 literal J) de la Ley 99 de 1993; artículos 2.2.8.4.1.21 y 2.2.8.4.1.22 del Decreto 1076 de 2015; artículo 1º de la Ley 1263 de 2008, y el artículo 51 del Acuerdo 005 de 2010 -Estatutos Carder, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, define la naturaleza jurídica de las Corporaciones Autónomas Regionales, como "entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

  2. Que el artículo 24 de la Ley 99 de 1993, define los órganos de administración y dirección de las Corporaciones, a saber: la Asamblea Corporativa, el Consejo Directivo, y el Director General.

  3. Que el artículo 27 literal J) de la Ley 99 de 1993, define dentro de las funciones del Consejo Directivo, entre otras, la de nombrar al Director General de la Corporación.

  4. Que el artículo 1º de la Ley 1263 de diciembre 26 de 2008, modificatorio del artículo 28 de la Ley 99 de 1993, establece: "El Director General será el representante legal de la Corporación y su primera autoridad ejecutiva. Será designado por el Consejo Directivo para un período de cuatro (4) años, contados a partir del 1º de enero de 2012, y podrá ser reelegido por una sola vez".

  5. Que igualmente el parágrafo 2º del artículo 28 de la Ley 1263 de 2008, determina que: "El proceso de elección de los Directores de las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible, deberá realizarlo el Consejo Directivo en el trimestre inmediatamente anterior al inicio del período institucional respectivo".

  6. Que el numeral 9 del artículo 37 de los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), preceptúa que es función del Consejo Directivo de la entidad nombrar al Director General, conforme a la ley y sus reglamentos.

  7. Que el artículo 52 de los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), establecen la designación, período y posesión del Director General.

  8. Que el artículo 2.2.8.4.1.21 del Decreto 1076 de 2015, Por medio del cual se expide el Decreto único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en concordancia con el artículo 51 de los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), determina las calidades para ser nombrado Director General de las Corporaciones Autónomas Regionales, para lo cual se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  9. Título profesional universitario;

  10. Título de formación avanzada o de posgrado, o, tres (3) años de experiencia profesional;

  11. Experiencia profesional de 4 años adicionales a los requisitos establecidos en el literal anterior, de los cuales por lo menos uno debe ser en actividades relacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales renovables o haber desempeñado el cargo de Director General de Corporación Autónoma Regional, y

  12. Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la ley.

  13. Que asimismo el Decreto 1076 de 2015 compiló en su artículo 2.2.8.4.1.22 lo relativo al nombramiento, plan de acción y remoción del Director General de una Corporación Autónoma.

  14. Que con fundamento en las disposiciones señaladas y la facultad nominadora del Consejo Directivo y a efectos de garantizar el cumplimiento de los principios de moralidad, igualdad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia y publicidad de la convocatoria para la designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), se requiere mediante el presente Acuerdo, ordenar la convocatoria, adoptar el procedimiento y establecer el cronograma para la designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), para el periodo institucional del 1º de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023, en armonía con las normas citadas y los Estatutos de la Corporación, Acuerdo 005 de 2010.

  15. Hace parte del presente Acuerdo el Concepto Jurídico de fecha 17 de octubre de 2019, aportado por la Secretaría General de la Corporación y emitido por la Profesional Especializado adscrita a dicha dependencia, en virtud a la declaración de impedimento presentada por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y aceptada por la Dirección General de la Corporación.

  16. Que la actual Directora General Encargada, doctora Martha Mónica Restrepo Gallego, ha manifestado previo a la discusión y aprobación del presente Acuerdo de Consejo Directivo, su intención de participar en la Convocatoria, tal como consta en el escrito que se anexa.

De conformidad con lo expuesto,

ACUERDA:

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1º Ordenar la apertura de la convocatoria y adoptar el procedimiento para la designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), para el período institucional del 1º de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2º De los Principios Aplicables.

Al procedimiento de designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) para el período institucional 2020 - 2023, le serán aplicables los principios de moralidad, igualdad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia y publicidad consagrados en las normas constitucionales y legales vigentes; así...

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