Acuerdo número 012 de 2012, por medio del cual se aprueba el reglamento de prácticas académicas formativas del programa de microbiología de la Facultad Ciencias de la Salud de la Universidad Popular del Cesar - 5 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 664351545

Acuerdo número 012 de 2012, por medio del cual se aprueba el reglamento de prácticas académicas formativas del programa de microbiología de la Facultad Ciencias de la Salud de la Universidad Popular del Cesar

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Popular del Cesar
Número de Boletín50138

El Consejo Académico de la Universidad Popular del Cesar, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia establece que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, garantiza la autonomía universitaria y consagra las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Así mismo, asigna al Estado la facultad de regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación de los educandos.

Que la Ley 30 de 1992, señala que la suprema inspección y vigilancia se ejerce a través de un proceso de evaluación para velar por la calidad de la educación superior, dentro del respeto a la autonomía universitaria y a las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra, y por el cumplimiento de sus fines y la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos.

Que el Decreto 1295 del 20 de abril de 2010 establece que los programas del área de ciencias de la salud deben prever las prácticas formativas, supervisadas por profesores responsables de ellas y disponer de los escenarios apropiados para su realización.

Que mediante Resolución Rectoral 0588 del 17 de abril de 2009 de la Universidad Popular del Cesar se aprobó el reglamento de prácticas académicas formativas de Microbiología, teniendo como norma lo establecido en el Decreto 190 de 1996 y el cual fue derogado por el Decreto 2376 del 1° de julio de 2010.

Que el Decreto 2376 del 1° de julio de 2010, establece la norma por medio de la cual se regula la relación docencia-servicio para los programas de formación de talento humano del área de la salud.

Que la Microbiología es una profesión de nivel universitario del área de las ciencias naturales, básicas y aplicadas, con formación, científica e investigativa y sociohumanística, cuyo campo de acción se desarrolla principalmente en el estudio de la diversidad microbio-lógica, la innovación biotecnológica, el aseguramiento de la calidad de vida de la especie humana, animal y vegetal y los problemas de su entorno; así como la administración y docencia relacionada con la carrera.

Que la práctica formativa en el programa de Microbiología busca aproximar al estudiante a su ejercicio profesional ofreciéndole la oportunidad de confrontar su formación en un contexto real.

Que la práctica formativa del programa de Microbiología establece un vínculo funcional entre instituciones educativas y otras organizaciones en la búsqueda de un ecosistema equilibrado que permite el desarrollo socioeconómico regional, nacional y mundial, con el propósito de formar talento humano en Microbiología.

Que en razón a lo anteriormente expuesto, es necesario reglamentar las prácticas formativas de los estudiantes del programa de Microbiología, con criterios de excelencia académica, ética y responsabilidad social en desarrollo de esta misión.

Que el Consejo Académico en la sesión del 31 de agosto de 2012,

ACUERDA:

Artículo 1° Aprobar el presente Reglamento de Prácticas Formativas del programa de Microbiología.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 2 a 37
Artículo 2° Objeto y alcance.

Vínculo funcional que se establece entre instituciones educativas y otras organizaciones en la búsqueda de un ecosistema equilibrado y permitir el desarrollo socioeconómico regional, nacional y mundial, con el propósito de formar talento humano en microbiología. Este vínculo se funda en un proceso de planificación

académica, administrativa e investigativa de largo plazo, concertado entre las partes de la relación docencia-servicio.

Artículo 3° Ámbito de aplicación

El presente reglamento regulará todas las actividades relacionadas con la práctica formativa de los estudiantes del programa de Microbiología, sus relaciones con las instituciones prestadoras de servicios de salud, empresas del sector productivo y de servicios, corporaciones ambientales, institutos de investigación, empresas y laboratorios de diagnóstico humano y animal, organizaciones sin ánimo de lucro y el docente tutor.

Artículo 4° Definiciones básicas.

Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

- Universidad. Institución que acredite su desempeño en investigación científica o tecnológica; la formación académica en profesiones o disciplinas y la producción, desarrollo y transmisión del conocimiento y de la cultura universal y nacional.

- Práctica formativa La práctica formativa es una actividad académica, con reconocimiento en créditos inmersa en el plan curricular o pénsum del programa de Microbiología y contempla dos periodos (Práctica I y Práctica II), que puede realizarse en instituciones de salud, institutos de investigación, instituciones o empresas de carácter privado o público a nivel local, regional, nacional o internacional, con la que la Universidad Popular del Cesar tenga convenio suscrito vigente de conformidad con lo establecido en el Decreto 2376 de 1° de julio de 2010 para la línea de profundización clínica y de Cooperación Interinstitucional de apoyo a la práctica formativa para las líneas de profundización Agroindustrial y Veterinaria. Su duración mínima es de dieciocho (18) y máximo de veinticuatro (24) semanas por periodo académico, según las necesidades de cada escenario de práctica. La práctica formativa en el programa de Microbiología no es sustituible ni habilitable.

- Seminario prepráctica. Seminario taller que se desarrolla en el periodo inmediatamente anterior al semestre en el cual se va a matricular el curso Práctica I. Durante este periodo se lleva a cabo la orientación y preparación del estudiante para vincularse a su semestre de práctica. Es un seminario que se desarrollará de manera presencial y obligatoria para la preparación a la vida profesional sin que se vean afectadas las demás actividades académicas que el estudiante desarrolla durante ese periodo.

- Escenario de práctica. Son espacios en los cuales se desarrollan las prácticas forma-tivas de los estudiantes del programa de Microbiología.

- Director de programa. Es el responsable de definir y establecer en concordancia con el presente acuerdo, los procesos y procedimientos estrictamente necesarios que garanticen el cumplimiento de los principios de eficacia, transparencia y objetividad para el desarrollo de las prácticas formativas.

- Coordinador de práctica. Para cada línea de profundización del Programa de Microbiología tendrá un coordinador de prácticas de tiempo completo y dedicación exclusiva, designado por el Director de Programa que actuará como representante de la Universidad en su relación con la empresa o institución y además tendrá bajo su responsabilidad la organización, supervisión, logística y seguimiento del programa de prácticas.

- Docente tutor. El Docente tutor es un profesional vinculado o contratado de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Docente de la Universidad Popular del Cesar.

- Estudiante en práctica. Estudiante matriculado financiera y académicamente en el Programa de Microbiología en la práctica formativa para los cursos Práctica I y Práctica II.

- Comité docencia-servicio. Comité que permite ejercer el vínculo funcional entre los escenarios de práctica y la universidad, estará conformado por: El director, gerente o el jefe del área de educación de la institución que sirve de escenario de práctica, un representante de la institución educativa y un representante de los estudiantes que estén rotando en el escenario de práctica. Este comité sólo funciona para la modalidad de práctica en la línea de profundización clínica.

- Coordinador docencia-servicio. Es el representante del programa ante el Comité Central Docencia-Servicio de la Facultad y a la vez el encargado de mantener la relación entre la Empresa y/o Institución.

- Comité de Prácticas del programa. El comité de prácticas formativas del programa de Microbiología está conformado por: Decano de la Facultad, Director de Programa, los Coordinadores de Prácticas de cada línea de profundización, un Docente Tutor de cada línea de profundización, Un estudiante de cada línea de profundización que haya realizado por lo menos una de sus prácticas, y cuya finalidad es brindar apoyo continuo en el buen desarrollo de las prácticas formativas de conformidad con los planes, las políticas y los reglamentos de la Universidad.

- Subcomité de prácticas. Se organiza para cada línea de profundización un subcomité de prácticas formativas que está conformado por: Director de Programa, coordinador de Prácticas de la línea de profundización, Docentes Tutores, Un estudiante que haya realizado por lo menos una de sus prácticas, y cuya finalidad es brindar apoyo continuo en el buen desarrollo de las prácticas formativas de conformidad con los planes, las políticas y los reglamentos de la Universidad.

- Jefe inmediato o facilitador. Se entiende por jefe inmediato o facilitador al profesional no vinculado o contratado por la Universidad pero que labora en las instituciones con las cuales se tiene convenio y que apoya al estudiante, colabora, evalúa y encamina su actividad.

- Propuesta de investigación y mejoramiento. Es un proyecto académico que realiza el estudiante durante su semestre de práctica, se encuentra enmarcado en las políticas de investigación que se establecen por el programa de microbiología según su objeto de estudio, acorde a las necesidades del escenario de prácticas y cuya finalidad es brindar una oportunidad de mejora a los escenarios con los que se tiene convenio.

Artículo 5° Objetivos de la Práctica Formativa.

En el Programa de Microbiología las prácticas se conciben como las actividades de carácter formativo que el estudiante realiza fuera de...

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