Acuerdo número 015 de 2020, por medio del cual se designa el director general de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) para el período institucional del 2020-2023 - 26 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846943650

Acuerdo número 015 de 2020, por medio del cual se designa el director general de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) para el período institucional del 2020-2023

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Risaralda
Número de Boletín51387

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), en ejercicio de sus facultades legales y Estatutarias, especialmente las consagradas en el artículo 27 literal J) de la Ley 99 de 1993; el artículo 2.2.8.4.1.21 y 2.2.8.4.1.22 del Decreto 1076 de 2015; el artículo 52 del Acuerdo 005 de 2010 - Estatutos Carder y el

Acuerdo número 010 del 23 de octubre de 2020, modificado por los Acuerdos número 001 del 3 de febrero de 2020, Acuerdo número 003 del 18 de febrero de 2020, Acuerdo número

07 del 21 de julio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la Ley 99 de 1993 define los órganos de administración y dirección de las Corporaciones Autónomas Regionales, a saber: La Asamblea Corporativa, el Consejo Directivo, y el Director General.

Que el artículo 26 Ibídem, señala que el Consejo Directivo es el órgano de administración de la Corporación.

Que el artículo 27, literal j), de la citada Ley 99 de 1993, define dentro de las funciones del Consejo Directivo la de nombrar o remover de conformidad con los Estatutos, al Director General de la Corporación.

Que el 23 de octubre de 2019, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) dio inicio a la convocatoria para la designación de Director General de la Corporación, mediante el Acuerdo número 010 del 23 de octubre de 2019 en la cual se ordena la apertura de la convocatoria, se adopta el procedimiento y se establece el cronograma para la designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), para el período institucional del 2020-2023 y se dictan otras disposiciones.

Que el día 24 de octubre de 2019, se publicó en el periódico "El Diario" y en la página web de la Carder, el aviso: Convocatoria para elegir Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) para el período institucional 2020-2023.

Que el "Aviso de Convocatoria Pública" se dirigió a las personas que quisieran optar al cargo de Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder).

Que se presentaron cincuenta y seis (56) aspirantes, quienes se inscribieron según los términos establecidos en la convocatoria del Acuerdo número 010 de 2019.

Que mediante informe preliminar de fecha 14 de noviembre de 2019 se realizó la verificación de requisitos de aspirantes inscritos en la convocatoria para la designación de Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), período institucional 2020-2023, en el cual resultaron habilitados cincuenta (50) aspirantes.

Que en sesión de la Comisión Verificadora de fecha 25 de noviembre de 2019, se resolvieron las reclamaciones y observaciones de los aspirantes y se conformó la lista de elegibles que cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 2.2.8.4.1.21 del Decreto 1076 de 2015, en la que se ratificaron los cincuenta (50) aspirantes habilitados.

Que mediante Acuerdo número 001 del 3 de febrero de 2020 se modificó el artículo 4 del Acuerdo número 010 del 23 de octubre de 2019 relacionado con el cronograma para la Designación de Director General de la Carder, para el período institucional 2020-2023 y se dictan otras disposiciones.

Que mediante Acuerdo número 003 del 18 de febrero de 2020 se modificó el artículo 2 del Acuerdo número 001 del 3 de febrero de 2020, modificatorio del artículo 4 del Acuerdo número 010 del 23 de octubre de 2019 relacionado con el cronograma para la designación de Director General de la Carder, para el periodo institucional 2020-2023 y se dictan otras disposiciones.

Que, en igual sentido, la Procuraduría General de la Nación, manifestó reiterar a la Secretaría General de la Carder, que mientras no se acredite un interés y legitimación para presentar recusación, deberá abstenerse de tramitar y de remitir a ese ente de control las recusaciones que se promuevan para la elección de Director de la entidad en cualquier calidad o condición, ya sea en propiedad, encargo o interinidad. Indica además la Procuraduría General de la Nación, que se remita la señalada decisión a la CAR de Risaralda para que cese la suspensión del trámite de escogencia del Director General de dicha Entidad.

Que en concordancia con lo precedente, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), en sesión extraordinaria del Consejo Directivo del 21 de julio de 2020, emitió el Acuerdo número 007, por el cual se modifica el Acuerdo número 003 del 18 de febrero de 2020, relacionado con el cronograma para la designación de Director General de la Carder, para el...

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