Acuerdo número 02 de 2021, medio del cual se fijan los criterios y parámetros para conceder estímulos educativos para los programas de pregrado y posgrado, en los períodos académicos Ay B de 2021 - 19 de Enero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 856107398

Acuerdo número 02 de 2021, medio del cual se fijan los criterios y parámetros para conceder estímulos educativos para los programas de pregrado y posgrado, en los períodos académicos Ay B de 2021

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Instituto Tolimense de Formación Tecnica Profesional
Número de Boletín51562

El Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 26 numeral 16 del Acuerdo 21 de 2018 Estatuto General y los artículos 69 y 71 del Acuerdo 018 del 17 de noviembre de 2015 Reglamento Estudiantil, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la autonomía consagrada en la Constitución Política de Colombia y en particular lo establecido en el artículo 29 de la Ley 30 de 1992, que reconoce a las instituciones el derecho a “darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales y de extensión... arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional”;

Que, a través del Decreto 1550, el Gobierno nacional amplió las instrucciones impartidas en medio de la pandemia por el Covid-19, para el mantenimiento del orden público y el Aislamiento Selectivo con Distanciamiento Individual Responsable, hasta las cero horas del próximo 16 de enero de 2021;

Que, el ITFIP de acuerdo a la información de la Oficina de Registro y Control Académico tuvo una población en pregrado para el semestre A 2020 de 4.235 estudiantes, de los cuales 4.150 estudiantes son de estratos 1, 2, 3 y representan el 98%; es decir, provienen de familias de bajos ingresos y que en su gran mayoría dependen del trabajo diario para su subsistencia, por lo que la actual situación de emergencia sanitaria y de cuarentena decretada por el Gobierno Nacional y apoyada por las entidades territoriales afecta de manera sensible la generación de ingresos de sus familias y su capacidad para asumir los costos de matrícula;

Que a través de las políticas de bienestar que propenden por estímulos educativos a quienes tienen buen desempeño académico, se preocupan por desarrollar actividades culturales, deportivas, recreativas, comunitarias y sociales, o aquellos que debido a condiciones de vulnerabilidad o desigualdad o circunstancias o limitaciones de orden socioeconómico, se fortalecen el acceso y permanencia en la educación superior;

Que la Institución debe definir políticas de bienestar universitario orientadas al mantenimiento de un ambiente que favorezca el crecimiento personal y que propicie la conformación de una comunidad académica, en la cual los estudiantes tengan la más alta importancia;

Que de acuerdo con el artículo 26 numeral 16 del Acuerdo 21 de 2018 Estatuto General, le corresponde al Consejo Directivo fijar anualmente y para cada periodo académico, las políticas, criterios y parámetros para el otorgamiento de estímulos educativos;

Que de conformidad con la certificación expedida por la Coordinadora Grupo Interno de Trabajo Financiero con fecha 14 de enero, este Plan de estímulos no afecta el equilibrio presupuestal de la Institución frente a los ingresos y gastos, igualmente que la entidad está cumpliendo con las normas tendientes a asegurar la correcta ejecución del Presupuesto General de la Nación, en calidad de establecimiento público del orden nacional;

En virtud de las anteriores consideraciones, el Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP),

ACUERDA:

Artículo 1º Fijar los criterios y parámetros para conceder estímulos educativos para los programas de pregrado y posgrado , en los períodos académicos A y B de 2021.
Artículo 2º Definición de estímulo educativo

De conformidad con el artículo 69 del Acuerdo número 018 del 17 de noviembre de 2015 “Reglamento Estudiantil”, define que estímulo educativo, es aquel beneficio de cualquier índole, de carácter temporal, que forma parte de la política de bienestar institucional orientada al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual, intelectual, social o cultural, y que se concede al estudiante sobresaliente en su desempeño académico, investigativo, institucional, cultural, social, comunitario, deportivo o que tenga una condición especial establecida por el Consejo Directivo de la institución o económica precaria, que se brinda al estudiante como apoyo a su formación integral y para facilitar su ingreso o permanencia en la educación superior.

Artículo 3º Principios generales

Los beneficios del programa institucional de estímulos educativos del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), para los períodos académicos A y B de 2021, se podrán otorgar a los Estudiantes o a quienes aspiren para cursar cualquiera de los programas de pregrado o posgrado que ofrece la Institución, que lo soliciten y demuestren cumplir según el caso, poseer cualquiera de las siguientes condiciones:

  1. Rendimiento académico

  2. Escasos recursos económicos

  3. Población vulnerable

  4. Comunidades Indígenas

  5. Convenios institucionales

  6. Situación de discapacidad

  7. Participación y representación sobresaliente en actividades académicas, culturales, deportivas, artísticas, sociales o comunitarias con grupos representativos del ITFIP o cualquier Institución.

  8. Representar a los estudiantes o egresados en los Consejos Directivo, Académico o de Facultad en la Institución.

Artículo 4º Plan de...

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