Acuerdo número 026 de 2016, por el cual se crea la Línea de Crédito de Oferta para las Instituciones de Educación Superior Públicas y Privadas - 7 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 644812045

Acuerdo número 026 de 2016, por el cual se crea la Línea de Crédito de Oferta para las Instituciones de Educación Superior Públicas y Privadas

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín49927

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 1 del artículo del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, el Acuerdo 013 del 24 de febrero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia contempla la educación como un derecho de la persona y un servicio público, tal es así que la satisfacción de las necesidades básicas en educación constituye y forman parte del gasto público social.

Que el artículo 69 de la Constitución Política determina que el Estado debe facilitar mecanismos financieros que hagan posible el acceso a todas las personas aptas a la educación superior, labor que ha sido encomendada al Icetex.

Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, transformó al Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personeríajurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, cuyo objeto es el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros y cumplirá su objeto con criterios de cobertura, calidad y pertinencia educativa, en condiciones de equidad territorial.

Que en el artículo 6º y 222 de la Ley 1753 "Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 establece:

"Artículo 61. Focalización de subsidios a los créditos del Icetex. (...) Desde 2018 los créditos y becasfinanciados por el Icetex estarán destinados únicamente afinanciarprogramas que cuenten con acreditación o en su defectoprogramas en instituciones de educación acreditadas institucionalmente (...).

Artículo 222. Acreditación de alta calidad a licenciaturas. Los programas académicos de licenciaturas a nivel de pregrado que tengan como mínimo cuatro (4) cohortes de egresados y que no se encuentren acreditados en alta calidad, deberán obtener dicho reconocimiento en un plazo de dos (2) años...

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