Acuerdo número 029 de 2019, por medio del cual se autoriza un cupo para comprometer recursos de las Vigencias Futuras 2020 y 2021 en el presupuesto de Gastos de Inversión - 4 de Septiembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 811308373

Acuerdo número 029 de 2019, por medio del cual se autoriza un cupo para comprometer recursos de las Vigencias Futuras 2020 y 2021 en el presupuesto de Gastos de Inversión

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín51066

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la Ley 99 de 1993, en el Estatuto Presupuestal de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y

CONSIDERANDO:

Que, el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2012-2023, aprobado por el Consejo Directivo de la CAR mediante el Acuerdo número 027 del 9 de noviembre de 2012, contempla como línea estratégica de procesos regionales, la cuenca de los ríos Ubaté y Suárez, el cual establece el mejoramiento de la operación y construcción de nuevos embalses y el mantenimiento y adecuación hidráulica de las corrientes principales y secundarias de la cuenca de la Laguna de Fúquene, dentro de lo que se incluye el monitoreo y evaluación del comportamiento sedimentológico y geotécnico y la adecuación hidráulica de la laguna de Fúquene, acciones que entre otras, deben ser realizadas para garantizar la recuperación del equilibrio ambiental de este ecosistema;

Que, así mismo, el Plan de Acción 2016-2019, aprobado por el Consejo Directivo de la corporación mediante los Acuerdos números 08 del 7 de abril de 2016 y 16 del 21 de junio de 2016, en el tercero de sus trece pilares establece, "recuperando nuestros complejos lagunares"- Laguna Fúquene. Se resalta que en el Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca de los ríos Ubaté - Suárez y el Conpes 3451 denominado "Estrategia para el Manejo Ambiental de la Cuenca Ubaté - Suárez", se contempla en el citado Plan Financiero del Plan de Acción, la necesidad de endeudamiento por parte de la CAR con el propósito de financiar su ejecución en el corto y mediano plazo;

Que el Consejo Directivo de la Corporación mediante el Acuerdo número 29 del 1º de septiembre de 2016, modificado mediante el Acuerdo número 14 del 20 de junio de 2017, autorizó al Director General para:

"Artículo 1º. Autorizar al Director General para llevar a cabo una operación de crédito público interno hasta por la suma de ciento ochenta mil millones de pesos ($180.000.000.000,00), con recursos de la línea de redescuento en pesos colombianos con tasa compensada, administrada por Findeter y reglamentada por el Gobierno nacional a través de los Decretos número 1300 del 11 de julio de 2014 y el Decreto número 2462 del 2 de diciembre 2014, o de otra línea de crédito interna...

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