Acuerdo número 0371 de 2020, por el cual se incluyen dos parágrafos al artículo 3º y se modifica el literal b) del parágrafo 2º del artículo 8º del Acuerdo número CNSC-20181000000016 del 10 de enero de 2018, 'por el cual se adopta el reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil - 3 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 858007418

Acuerdo número 0371 de 2020, por el cual se incluyen dos parágrafos al artículo 3º y se modifica el literal b) del parágrafo 2º del artículo 8º del Acuerdo número CNSC-20181000000016 del 10 de enero de 2018, 'por el cual se adopta el reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional del Servicio Civil
Número de Boletín51577

La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 130 de la Constitución Política, en el numeral 1 del artículo 13 de la Ley 909 de 2004, y en el artículo 27 del Acuerdo número CNSC-20181000000016 del 10 de enero de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 130 de la Constitución Política dispone que "Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial".

Que el artículo 7º de la Ley 909 de 2004 precisa que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en adelante CNSC, "(...) responsable de la administración y vigilancia de las carreras, excepto de las carreras especiales, es un órgano de garantía y protección del sistema de mérito en el empleo público (...), de carácter permanente de nivel nacional, independiente de las ramas y órganos del poder público, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio (...), [que]

con el fin de garantizar la plena vigencia del principio de mérito en el empleo público (.), (.) actuará de acuerdo con los principios de objetividad, independencia e imparcialidad".

Que el numeral 1 del artículo 13 ibídem establece que "La Comisión Nacional del Servicio Civil adoptará su reglamento de organización y funcionamiento, que será publicado en el Diario Oficial".

Que en aplicación de la anterior normativa, la CNSC expidió el Acuerdo número 20181000000016 de 10 de enero de 2018, "por el cual se adopta el reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil", que en sus artículos 3º y 8º establece las funciones de la Sala Plena y del...

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