Acuerdo número 05 de 2019, por el cual se crea el Programa de Ahorro Voluntario Afiliado Cesantías (AVAC) ofrecido por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía y se dictan otras disposiciones - 13 de Enero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 838825393

Acuerdo número 05 de 2019, por el cual se crea el Programa de Ahorro Voluntario Afiliado Cesantías (AVAC) ofrecido por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía y se dictan otras disposiciones

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía
Número de Boletín51195

La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 353 de 1994, modificado por el artículo 5º de la Ley 973 de 2005, y

CONSIDERANDO.

Que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía creada por la Ley 87 de 1947, regulada por el Decreto Ley 353 de 1994, modificado parcialmente por la Ley 973 de 2005, y la Ley 1305 de 2009 tiene como objeto facilitar a sus afiliados la adquisición de vivienda propia, mediante la realización o promoción de todas las operaciones del mercado inmobiliario incluidas las de intermediación, la captación y administración del ahorro de sus afiliados y el desarrollo de las actividades administrativas, técnicas, financieras y crediticias que sean indispensables para el mismo efecto; asimismo, administrará las cesantías del personal de la Fuerza Pública, que haya obtenido vivienda de conformidad con lo dispuesto por el Gobierno nacional.

Que el Decreto Ley 353 de 1994, modificado por la Ley 973 de 2005 determinó la naturaleza jurídica de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía como una Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito, de naturaleza especial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional y vigilada por la Superintendencia Bancaria, hoy Superintendencia Financiera de Colombia.

Que el numeral 3 del artículo de la Ley 973 de 2005, determinó como una de las funciones de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, fomentar el ahorro voluntario de sus afiliados.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 973 de 2005 y el parágrafo 4º del artículo de la Ley 1305 de 2009, son afiliados para administración de cesantías, el personal activo que accedió al subsidio de vivienda o aquellos que perdieron la calidad de afiliado para solución de vivienda por cualquier circunstancia.

Que el artículo 1º del Acuerdo 05 de 2017 indicó que la afiliación a la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía tiene dos finalidades...

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