Acuerdo número 05 de 2020, por el cual se adiciona el Acuerdo número 04 de 2016, mediante el cual se aprobó el reglamento del juego de suerte y azar de la modalidad de novedoso de tipo juegos operados por Internet - 14 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844653797

Acuerdo número 05 de 2020, por el cual se adiciona el Acuerdo número 04 de 2016, mediante el cual se aprobó el reglamento del juego de suerte y azar de la modalidad de novedoso de tipo juegos operados por Internet

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Empresa industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín51314

La Junta Directiva de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), en uso de las facultades legales y reglamentarias y en especial de las contempladas en el numeral 2 del artículo 10 del Decreto-ley 4142 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 4142 de 2011, modificado por el Decreto número 1451 de 2015, creó La Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), cuyo objeto es "(...) la explotación, administración, operación y expedición de reglamentos de los juegos que hagan parte del monopolio rentístico sobre los juegos de suerte y azar que por disposición legal no sean atribuidos a otra entidad (.)".

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 10 del Decreto-ley 4142 de 2011, la Junta Directiva de Coljuegos tiene la función de aprobar los reglamentos de los juegos de suerte y azar de competencia de la empresa y es función del Presidente de Coljuegos expedir estos reglamentos, conforme a lo expuesto en el numeral 2 del artículo 2 del Decreto número 1451 de 2015.

Que la Junta Directiva de Coljuegos, mediante el Acuerdo número 04 de 2016, modificado por el Acuerdo número 02 de 2019 y el Acuerdo número 04 de 2019, aprobó el reglamento del juego de suerte y azar de la modalidad de novedoso de tipo juegos operados por Internet.

Que la modalidad de juegos novedosos de tipo juegos operados por Internet ha tenido un auge dentro del mercado de Juegos de Suerte y Azar y que desde la fecha en la que se inició su operación, en junio de 2017, hasta la fecha, su participación representa un 13% en el total de las ventas del sector, con un total de 2.849.223 cuentas activas y 16 operadores autorizados.

Que teniendo en cuenta la solicitud presentada a Coljuegos por parte de los diferentes actores del sector, operadores, interesados y gremios, Coljuegos analizó la oferta de tipos de juego, especialmente del Casino en Vivo, en el Estado de New Jersey y países como España, Bélgica y Reino Unido, evidenciando que estos juegos se enmarcan dentro de la definición y las características establecidas en el artículo 38 de la Ley 643 de 2001, modificado por el artículo 93 de la Ley 1753 de 2015, es decir que corresponden a juegos novedosos operados por Internet.

Que producto del análisis realizado por la Entidad, se evidenció que el tipo de juego de Casino en Vivo complementa la oferta de juegos actualmente autorizada, tiene un segmento de mercado particular y alcanza un porcentaje de participación significativo dentro de la oferta de juegos operados por Internet, dentro de las jurisdicciones mencionadas, complementando los juegos localizados, sin que se evidencie deterioro por la entrada del Casino en Vivo en el portafolio de juegos permitidos para los juegos operados por Internet ni en los juegos localizados.

Que Coljuegos realizó mesas de trabajo con los...

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