Acuerdo número 12 de 2020, por medio del cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para asumir compromisos con cargo a las Vigencias Futuras 2021, 2022 y 2023, con el fin de atender la contratación de bienes y servicios en el presupuesto de gastos de inversión - 5 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847267275

Acuerdo número 12 de 2020, por medio del cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para asumir compromisos con cargo a las Vigencias Futuras 2021, 2022 y 2023, con el fin de atender la contratación de bienes y servicios en el presupuesto de gastos de inversión

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín51397

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la Ley 99 de 1993, y en el Estatuto Presupuestal de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 27 de mayo de 2020, mediante Acuerdo número 10 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción Cuatrienal

(PAC) 2020-2023, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años.

Que el Estatuto Presupuestal de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo número 06 del 7 de abril de 2010 y modificado mediante los Acuerdos números 01 del 22 de enero de 2013 y 35 del 21 de noviembre de 2017, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación.

Que, el artículo 37 del Estatuto Presupuestal de la Corporación establece: "... Cuando se requiera celebrar compromisos que cubran varias vigencias fiscales, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras. El Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas...".

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar la interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental para el contrato cuyo objeto corresponde a "Construcción de obras de estabilización de taludes y control erosivo en el barrio San Carlos, quebrada Talauta del municipio de Sasaima (Cundinamarca), de acuerdo con los estudios y diseños producto del Contrato de Consultoría CAR número 1128 de 2013", con una proyección de ocho (8) meses contados a partir del mes de octubre de 2020.

Que la Dirección de Infraestructura Ambiental, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con memorando 20203128920 del 6 de julio de 2020, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2020 como de la vigencia 2021, por valor de cuatrocientos treinta y ocho millones doscientos un mil seiscientos sesenta y ocho pesos ($438.201.668). El memorando de solicitud de autorización del cupo de las vigencias futuras y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar la construcción de obras de protección y estabilización de taludes en los barrios San Antonio y Juan XXIII del municipio de San Bernardo (Cundinamarca), de acuerdo con los estudios y diseños producto del contrato de Consultoría CAR número 1128 de 2013, con su respectiva interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental, con una proyección de ocho (8) meses contados a partir del mes de octubre de 2020.

Que la Dirección de Infraestructura Ambiental, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con memorando 20203128920 del 6 de julio de 2020, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2020 como de la vigencia 2021, por valor de dos mil novecientos sesenta y dos millones ochocientos catorce mil cuatrocientos tres pesos ($2.962.814.403). El memorando de solicitud de autorización del cupo de las vigencias futuras y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar la construcción de obras de estabilización de taludes y control erosivo en el río Tobia y río Negro, zona de acceso al sector La Milagrosa del municipio de Quebradanegra - centro poblado Tobia Grande del municipio de Nimaima (Cundinamarca), de acuerdo con los estudios y diseños producto del contrato de consultoría CAR número 1128 de 2013, con su respectiva interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental, con una proyección de ocho (8) meses contados a partir del mes de octubre de 2020.

Que la Dirección de Infraestructura Ambiental, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con memorando 20203128920 del 6 de julio de 2020, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2020 como de la vigencia 2021, por...

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