Acuerdo número 13 de 2019, por medio del cual se desarrolla el artículo 2º del Acuerdo CAR número 09 de 2014 - 23 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 780185497

Acuerdo número 13 de 2019, por medio del cual se desarrolla el artículo 2º del Acuerdo CAR número 09 de 2014

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín50933

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en el numeral 3, artículo 31 de la Ley 99 de 1993 y el artículo 24 de la Resolución 0703 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el río Bogotá ha sido protagonista de diversas decisiones y acciones tendientes a su recuperación y descontaminación.

Que la sentencia de Acción Popular No. 479 de 2014, proferida por el Consejo de Estado, que ordena la descontaminación del río Bogotá, ha ordenado tanto a esta entidad, como a otras, el promover una mayor participación social y ciudadana en las acciones, que deben darse para la recuperación del río Bogotá.

Que desde la Asamblea Departamental de Cundinamarca se acoge el 12 de mayo como el día del río Bogotá con la Ordenanza número 166 de 2013 y que en ese mismo sentido se pronunció el Concejo de Bogotá, a través del Acuerdo Distrital número 667 de 2017.

Que mediante Acuerdo número 09 de 2014 esta entidad también declara el 12 de mayo como el Día de la Cuenca del río Bogotá en la jurisdicción CAR y en su artículo segundo determinó que "el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) definirá e implementará las actividades pedagógicas, lúdicas ambientales y cívicas pertinentes a desarrollarse en este día, tendientes a conmemorar y exaltar la importancia de la cuenca del río Bogotá, para los municipios, la región, el departamento y el país"".

Que en desarrollo de lo anterior, durante el año 2019, la CAR formuló, presentó, socializó y aprobó el "Festival Vive el río Bogotá", recibiendo el aval desde la mesa técnica del Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá (CECH); atendiendo a las órdenes dadas en el marco de la Sentencia del Consejo de Estado AP.479 de 2014, específicamente en el numeral 4.3 donde se determina que la CAR y otras entidades deben "Establecer directrices e implementar programas para la cooperación regional entre las...

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